Criterios dispares sobre demandas de divorcio
Las primeras sentencias de los tribunales civiles en demandas de separación conyugal revelan una disparidad de criterios sobre el derecho sustantivo aplicable. De oportunismo e improvisación ha sido calificado el decreto-ley del pasado 29 de diciembre, que remitía la competencia para las catisas de separación conyugal a la jurisdicción civil, al haberse reducido el concepto de los tribunales eclesiásticos a las causas de nulidad de matrimonios ratos y no consumados. La práctica judicial actual en materia de separación matrimonial queda lejos, no obstante, de la última legislación canónica apli...
Regístrate gratis para seguir leyendo
Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
Las primeras sentencias de los tribunales civiles en demandas de separación conyugal revelan una disparidad de criterios sobre el derecho sustantivo aplicable. De oportunismo e improvisación ha sido calificado el decreto-ley del pasado 29 de diciembre, que remitía la competencia para las catisas de separación conyugal a la jurisdicción civil, al haberse reducido el concepto de los tribunales eclesiásticos a las causas de nulidad de matrimonios ratos y no consumados. La práctica judicial actual en materia de separación matrimonial queda lejos, no obstante, de la última legislación canónica aplicida en el arzobispado de Madrid.Página 28