Jueces y magistrados, en busca de una vía asociativa

Tras la promulgación de la Constitución, que reconoce el derecho de asociación, jueces, magistrados, fiscales y secretarios judiciales vienen realizando múltiples intentos en todo el territorio del Estado para encontrar una vía asociativa propia, no sólo para dar cauce a sus reivindicaciones profesionales, sino también para aunar criterios en torno a la interpretación de la Constitución e influir en la futura constitución del poder judicial.

Hace algunos días la junta gestora encargada de poner en marcha el proceso asociativo de los jueces, magistrados y fiscales de Madrid, mantuvo una ...

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Tras la promulgación de la Constitución, que reconoce el derecho de asociación, jueces, magistrados, fiscales y secretarios judiciales vienen realizando múltiples intentos en todo el territorio del Estado para encontrar una vía asociativa propia, no sólo para dar cauce a sus reivindicaciones profesionales, sino también para aunar criterios en torno a la interpretación de la Constitución e influir en la futura constitución del poder judicial.

Hace algunos días la junta gestora encargada de poner en marcha el proceso asociativo de los jueces, magistrados y fiscales de Madrid, mantuvo una entrevista con el presidente del Tribunal Supremo para exponerle sus criterios en torno a este tema. Días antes, una treintena de jueces y magistrados pertenecientes al ámbito de la Audiencia Territorial de Valladolid se reunieron en Benavente (Zamora) para iniciar los trabajos preparatorios de lo que será la asociación de funcionarios de la Administración de Justicia de este territorio. Estos intentos suceden a otros habidos con anterioridad en otros territorios del Estado, principalmente en Cataluña, Baleares y Asturias.El interés asociativo de jueces, magistrados, fiscales y secretarios no ha surgido ahora. Ya a finales de los años sesenta surgió Justicia Democrática, que canalizó la preocupación asociativa de muchos jueces, magistrados y fiscales en las especiales circunstancias del franquismo. Posteriormente, en el período de transición que va desde la muerte de Franco hasta la promulgación de la Constitución, surgen intentos asociativos de carácter sindical, que fueron declarados ¡legales por los tribunales. Ahora, tras la promulgación de la Constitución, que prohíbe expresamente a jueces, magistrados y fiscales, por obra de UCD y Alianza Popular, que hicieron frente común en este tema, la pertenencia a partidos políticos y a sindicatos, en estos medios se ha decidido constituir asociaciones de hecho dentro de su ámbito profesional, sin esperar a la aprobación de la ley que «establecerá el sistema y modalidades de asociación profesional de los jueces, magistrados y fiscales», prevista en el artículo 127 de la Constitución.

Aunque los intentos asociativos son múltiples, según los distintos territorios judiciales, parece que existe opinión unánime de que en un plazo corto sólo exista una asociación, bien por la vía de la integración de las asociaciones existentes, bien por la vía de la federación de las mismas. La superestructura judicial, que ve con reticencias estos intentos asociativos y, en todo caso, quiere controlarlos, también mantiene la posición favorable a una asociación única. El papel que jugará la futura organización asociativa de los jueces y magistrados en la constitución del Poder judicial, previsto en la Constitución, será decisivo si se tiene en cuenta que el consejo general que ha de gobernar aquél deberá estar formado por veinte miembros, doce de los cuales, elegidos entre jueces y magistrados de todas las categorías, ejercerán, sin ninguna duda, decisiva influencia en la presentación de candidatos para cubrir estos puestos.

La vía asociativa intentada por los jueces, magistrados y fiscales españoles, tras lustros de exclusiva y estricta dependencia jerárquica, homologará a éstos a sus compañeros europeos, que mantienen en sus respectivos países potentes y eficaces organizaciones en defensa no sólo de sus intereses corporativos, sino también de la independencia judicial y de la legalidad constitucional.

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