La Iglesia no debe ser mencionada en la Constitución, según la Democracia Cristiana

La organización política Democracia Cristiana -que dirige José María Gil-Robles y Gil-Delgado, entre otros- ha enviado a todos los diputados de la Comisión Constitucional del Congreso un informe con propuestas de modificación del actual anteproyecto. Entre ellas figura la petición de que desaparezca la alusión concreta a la Iglesia católica en el artículo quince, «para evitar todo aspecto de privilegio o diferencia».

Democracia Cristiana razona la necesidad de intervenir en el debate constitucional, con un informe escrito, por falta de respuesta a su petición de ser oída en torno a dich...

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La organización política Democracia Cristiana -que dirige José María Gil-Robles y Gil-Delgado, entre otros- ha enviado a todos los diputados de la Comisión Constitucional del Congreso un informe con propuestas de modificación del actual anteproyecto. Entre ellas figura la petición de que desaparezca la alusión concreta a la Iglesia católica en el artículo quince, «para evitar todo aspecto de privilegio o diferencia».

Democracia Cristiana razona la necesidad de intervenir en el debate constitucional, con un informe escrito, por falta de respuesta a su petición de ser oída en torno a dicho tema, hecha ante el presidente de la Comisión Constitucional del Congreso, y que «no ha merecido siquiera la atención de una respuesta».En sus propuestas de modificación, la Democracia Cristiana pide el reconocimiento de que España es una indisoluble nación de naciones (no de nacionalidades) y la afirmación de que todas las comunidades autónomas han de tener los mismos derechos. Se incluye asimismo la rebaja de la mayoría de edad civil a los dieciocho años y la defensa del derecho de los centros educativos no estatales a exigir de los profesores el respeto a unos valores pedagógicos, científicos, filosóficos, morales o religiosos.

Igualmente, se pide la desaparición de la facultad del Rey de, proponer al Congreso un candidato a presidente del Gobierno, «buscando salvaguardar el carácter moderador y arbitral de la Corona», así como la inclusión de una disposición transitoria en la que se establezca que, una vez aprobada la Constitución, las Cámaras aprobarán una ley electoral en el plazo de tres meses y se disolverán.

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