Los colegios profesionales de Granada, contra el Plan de Ordenación de Andalucía

La derogación o, al menos, la inmediata modificación -con suspensión entre tanto- del real decreto 1873/76, del 8 de junio, por el que se acordó la formación del Plan Director Territorial de Coordinación de Andalucía, ha sido solicitada a través de un escrito dirigido a la Presidencia del Gobierno y otras autoridades competentes por los representantes de los colegios, delegaciones y asociaciones profesionales de Granada.Según el escrito, el citado decreto «está inspirado en un criterio totalmente centralista en toda su dirección y forma de actuar, hasta el punto de que la Comisión Regional de...

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La derogación o, al menos, la inmediata modificación -con suspensión entre tanto- del real decreto 1873/76, del 8 de junio, por el que se acordó la formación del Plan Director Territorial de Coordinación de Andalucía, ha sido solicitada a través de un escrito dirigido a la Presidencia del Gobierno y otras autoridades competentes por los representantes de los colegios, delegaciones y asociaciones profesionales de Granada.Según el escrito, el citado decreto «está inspirado en un criterio totalmente centralista en toda su dirección y forma de actuar, hasta el punto de que la Comisión Regional de Planeamiento está constituida por los presidentes de las diputaciones provinciales y los gobernadores civiles, más ocho representantes de la Administración Central, con lo que su composición es completamente antidemocrática. En la organización administrativa prevista para la redacción y aprobación del Plan Territorial de Andalucía no intervienen en esto ningún tipo de representantes designados por el pueblo y que actúen en su nombre».

Contrapropuesta

Entre las varias características que según los colegios profesionales de Granada, la modificación o sustitución del mencionado real decreto debería recoger, figuran, principalmente, los siguientes puntos:- La Comisión Regional de Planeamiento habrá de estar integrada por una mayoría de representantes de Andalucía, elegidos a través de fórmulas auténticamente democráticas.

- Los grupos de trabajo habrán de estar compuestos con representación mayoritaria de organismos y entidades andaluzas, y su presidencia deberá ser elegida por votación entre los mismos o por la Comisión Regional de Planeamiento.

- El encargado de dirigir la redacción del plan deberá ser nombrado por la Comisión Regional de Planeamiento.

- Los profesionales que hayan de intervenir en la confección del plan habrán de ser nombrados necesariamente mediante concurso convocado por dicha comisión.

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- Deberá hacerse más efectiva la intervención municipal en la elaboración y desarrollo del plan.

- Las alternativas a desarrollar deberán ser determinadas por la Comisión Regional, limitando la Comisión Central de Urbanismo su intervención al mero carácter informativo.

- Deberán de establecerse los canales adecuados para permitir al pueblo y a todas las fuerzas sociales participar en las distintas fases de la elaboración del plan y pronunciarse sobre los objetivos, acciones prioritarias, alternativas posibles y planes que lo desarrollen.

- Dejar sin efecto la mancomunidad de diputaciones andaluzas y sus estatutos, en tanto no tenga todo ello una aprobación auténticamente democrática.

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