Las nuevas Cortes deben tener carácter constituyente

El carácter constituyente de las próximas Cortes, la necesidad de aplicar hasta sus últimas consecuencias una amnistía general, la responsabilidad de los poderes públicos y los partidos políticos, el sometimiento de la constitución al pueblo en un referéndum, la prioridad de la reestructuración del Estado y la atención debida al problema regional, son los puntos fundamentales abordados en las conclusiones del primer simposio internacional sobre constitucionalización de los partidos políticos celebrado, en Salamanca durante los últimos días.

Los profesores de Derecho Político de las Univ...

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El carácter constituyente de las próximas Cortes, la necesidad de aplicar hasta sus últimas consecuencias una amnistía general, la responsabilidad de los poderes públicos y los partidos políticos, el sometimiento de la constitución al pueblo en un referéndum, la prioridad de la reestructuración del Estado y la atención debida al problema regional, son los puntos fundamentales abordados en las conclusiones del primer simposio internacional sobre constitucionalización de los partidos políticos celebrado, en Salamanca durante los últimos días.

Los profesores de Derecho Político de las Universidades españolas ofrecen en el documento final del simposio su opinión basada en «una consideración puramente objetiva de nuestra realidad, sobre la base de categorías científicas», sobre el inmediato proceso político español. Su difusión pública quiere servir como ayuda a la reflexión de todos los ciudadanos.Según los citados profesores, las próximas Cortes han de ser necesariamente constituyentes. Al vacío constitucional creado como consecuencia de la incidencia de la ley para la reforma política, sobre todo a la normativa fundamental anterior, se une la inestabilidad política y la inseguridad jurídica que se derivaría de cualquier intento de perpetuar esta situación. En consecuencia -prosigue el comunicado- deben ser consideradas perjudiciales aquellas actitudes y propagandas que pretenden negar el carácter constituyente del presente momento histórico.

La decisión sobre nuestra futura estructura constitucional implica una previa y honda decisión sobre la necesidad de mantener la convivencia pacífica. La plena consecución de esta paz -continúa el documento- exige una voluntad de olvido y perdón de parte de los poderes estatales y una aplicación hasta el fin del principio de amnistía general que devuelva a nuestra sociedad a todos los hombres y mujeres que se vieron apartados de ella en virtud de condenas a decisiones originadas en sus actividades políticas.

La nueva Constitución

La responsabilidad de nuestro futuro no sólo incumbe ya a los actuales titulares de los poderes públicos, sino también a los partidos políticos, porque tan amenazadora son para la convivencia las apetencias hegemónicas de aquellos grupos que se identifican abusivamente con la totalidad del país, con menosprecio de todos lo s restantes, como la multiplicación de las diferencias que separan a unos partidos de otros.Es absolutamente necesario -añade el comunicado- que la nueva constitución sea el resultado de acuerdos entre las fuerzas políticas representadas en las Cortes.

El tema de la reestructuración del Estado -del que se ocupan a continuación- debe ser considerado según los profesores de Derecho Político, como absolutamente prioritario y las nuevas Cortes pueden dar respuestas satisfactorias dentro del marco del Estado español a las demandas de autonomía de los distintos pueblos, países y regiones del mismo.

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Por último las conclusiones fijan los objetivos que deberán cubrir las normas introducidas en la nueva Constitución. En primer lugar la estabilidad de un ejecutivo que al propio tiempo dependa del control del Parlamento. En segundo, el establecimiento de un órgano de naturaleza jurisdiccional que se ocupe del control de la constitucionalidad de las leyes, de la garantía de reparto de competencias entre el Estado y los poderes territoriales autónomos, del control de la constitucionalidad de los partidos políticos, y del amparo de los derechos individuales. Y en tercer lugar reconocer amparar y proteger eficazmente los derechos individuales, económico sociales, y culturales reconocidos en las constituciones democrático pluralistas más desarrolladas.

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