Reformistas y continuistas se enfrentarán en el Pleno de las Cortes

Las catorce enmiendas a textos determinados del proyecto de ley sobre regulación del derecho de asociación sindical que podrán ser defendidas en el Pleno encargado de su aprobación, fueron publicadas ayer por el Boletín Oficial de las Cortes Españolas, que también insertó el dictamen aprobado por la Comisión de Leyes Fundamentales y Presidencia del Gobierno, que lo estudió del 11 al 20 del actual mes de enero. La defensa de las respectivas posiciones llevará a un enfrentamiento entre reformistas y continuistas en el Pleno de las Cortes.Cinco procuradores -los señores Esperabé de Arteaga...

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Las catorce enmiendas a textos determinados del proyecto de ley sobre regulación del derecho de asociación sindical que podrán ser defendidas en el Pleno encargado de su aprobación, fueron publicadas ayer por el Boletín Oficial de las Cortes Españolas, que también insertó el dictamen aprobado por la Comisión de Leyes Fundamentales y Presidencia del Gobierno, que lo estudió del 11 al 20 del actual mes de enero. La defensa de las respectivas posiciones llevará a un enfrentamiento entre reformistas y continuistas en el Pleno de las Cortes.Cinco procuradores -los señores Esperabé de Arteaga, Merino, Regalado, Sancho Rof y Meliá- obtuvieron los votos suficientes para poder oponerse en el Pleno al texto aprobado, según el cual los trabajadores y empresarios podrán constituir en cada rama de actividad asociaciones profesionales. El texto del dictamen lo defenderá el señor Lapiedra de Federico, al margen de la defensa reglamentaria por parte de la ponencia.

El señor Alcaina podrá defender la inclusión de la alusión a los técnicos, que resultó omitida en el texto aprobado.

La supresión de otro texto aprobado por la comisión -a propuesta de quienes intentaron neutralizar la alusión a la rama de actividad dejando su determinación a la voluntad de los sindicatos- podrá ser mantenida en el Pleno por el señor Lamo de Espinosa. Este mismo procurador podrá proponer al Pleno de las Cortes que la constitución de asociaciones se limite a los empresarios, trabajadores y técnicos acogidos al artículo séptimo de la vigente ley sindical. Por último, el señor Lamo de Espinosa podrá intervenir por tercera vez en el Pleno para defender una fórmula derogatoria distinta de la general aprobada, y reducida a determinadas normas del capítulo 11 del título 11 de la ley Sindical.

La señorita Mónica Plaza podrá intervenir dos veces en el Pleno: una, para intentar evitar que las asociaciones profesionales puedan estar sometidas a la disciplina de partidos, y otra, para que sean oídos por el Gobierno los actuales órganos supremos del sindicalismo vertical, antes de dictar las normas de desarrollo de la ley.

El señor Fugardo tendrá derecho a dirigirse al Pleno para solicitar que las asociaciones sindicales lleven un registro de afiliación y numérico, a disposición de la autoridad competente.

Por último, el señor Palomares podrá defender que sean excluidos del derecho a sindicarse los magistrados, jueces y miembros del ministerio fiscal.

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Todavía no se ha fijado la fecha de celebración del Pleno que, en caso de que los catorce procuradores mantengan su derecho a intervenir en defensa de sus respectivas enmiendas, tendrá necesariamente una larga duración.

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