La Audiencia de Barcelona exculpa a Laporta del ‘caso Negreira’
El órgano concluye que los pagos al entonces vicepresidente de los árbitros han prescrito
La Audiencia de Barcelona ha exculpado este viernes al presidente del FC Barcelona, Joan Laporta, del “caso Negreira”, al concluir que los pagos al entonces vicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA), efectuados entre 2008 y 2010, han prescrito. En un auto, la sección 21ª de la Audiencia de Barcelona ha estimado el recurso presentado por Laporta y ha revocado la decisión del juez instructor de investigarle por los pagos del Bar...
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La Audiencia de Barcelona ha exculpado este viernes al presidente del FC Barcelona, Joan Laporta, del “caso Negreira”, al concluir que los pagos al entonces vicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA), efectuados entre 2008 y 2010, han prescrito. En un auto, la sección 21ª de la Audiencia de Barcelona ha estimado el recurso presentado por Laporta y ha revocado la decisión del juez instructor de investigarle por los pagos del Barcelona a Enríquez Negreira, durante su anterior mandato como presidente del club azulgrana.
Cuando el juez decidió imputar a Laporta, argumentó en el auto, ahora anulado, que la causa no estaba prescrita para él, como tampoco lo estaba para los exdirigentes Sandro Rossell o Josep Maria Bartomeu, a diferencia de lo que el mismo instructor justificó para rechazar la petición del FC Barcelona de personarse como acusación en la causa. En su cambio de criterio sobre la prescripción, el juez Joaquín Aguirre hizo referencia a que, en los delitos continuados, la prescripción computa desde el día de la última infracción, por tanto 10 años atrás desde el último pago a Negreira (julio de 2018), lo que incluiría en el plazo parte del primer mandato de Laporta (2003-2010).
Para considerarlo un delito continuado, el instructor señaló una supuesta “participación adhesiva” del delito. Es decir, que los distintos presidentes blaugranas, entre ellos Rossell y Bartomeu, hubieran cometido de forma sucesiva un mismo delito de forma continuada en lugar de atribuir un delito a cada uno. Ahora, la Audiencia descarta esta interpretación y replica al instructor que cada investigado debe “responder por los pagos indebidamente realizados durante el período en el que ejercieron sus cargos”, por lo que la prescripción no debe contarse desde el último pago a Negreira, sino desde que Laporta dejó su primera presidencia, el 30 de junio de 2010, de manera que un eventual delito estaría prescrito para él.
La semana anterior, la misma sección de la Audiencia de Barcelona ya había anulado las imputaciones sobre Laporta por el presunto delito de cohecho, que el instructor había realizado sobre los investigados por la causa, al descartar que Enríquez Negreira pudiera ser considerado como funcionario público.
El proceso judicial, en cualquier caso, se mantiene abierto ante las acusaciones de corrupción deportiva y administración desleal. Por ahora, la Guardia Civil no ha encontrado pruebas fehacientes al tiempo que los árbitros que declararon en la instrucción manifestaron que no se alteró nunca el resultado de los partidos. Enríquez Negreira, como vicepresidente del CTA, tampoco tenía como función la designación de los colegiados para los duelos. Aunque sigue como investigado como su hijo, además de Sandro Rosell (presidente de 2010 a 2014), Josep Maria Bartomeu (presidente de 2014 a 2020), Òscar Grau (CEO de 2016 a 2021) y Albert Soler (director de Deportes Profesionales de 2015 a 2021, incluido el fútbol de 2015 a 2017). El Barça cortó los pagos a Negreira en mayo de 2018.
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