El Tribunal de Estrasburgo sentencia que la atleta Caster Semenya fue discriminada por la IAAF
La Federación Internacional de Atletismo exigía a la doble campeona olímpica de 800m someterse a un tratamiento hormonal para reducir su nivel de testosterona si quería competir
Después de cinco años luchando por su derecho a competir sin someterse a tratamientos hormonales perjudiciales para su salud, la atleta sudafricana Caster Semenya, doble campeona olímpica de 800m, ha conseguido su primera victoria en los tribunales. El derecho a vivir de su trabajo de atleta que ni la federación internacional de atletismo (IAAF en el momento del recurso, 2019; WA en la actualidad), que elaboró un reglamento ad hoc contra ella...
Después de cinco años luchando por su derecho a competir sin someterse a tratamientos hormonales perjudiciales para su salud, la atleta sudafricana Caster Semenya, doble campeona olímpica de 800m, ha conseguido su primera victoria en los tribunales. El derecho a vivir de su trabajo de atleta que ni la federación internacional de atletismo (IAAF en el momento del recurso, 2019; WA en la actualidad), que elaboró un reglamento ad hoc contra ella prohibiendo a las mujeres caracterizadas como DSD (intersexuales, con diferencia de desarrollo sexual, cuyo organismo produce más testosterona de la considerada por la ciencia como normal para el género femenino) participar en pruebas entre los 400 y los 1.500m si no rebajaban con estrógenos su nivel de testosterona, ni el Tribunal Arbitral del Deporte (TAS) ni el Tribunal Federal Suizo le concedieron, se lo garantiza la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en una sentencia hecha pública el martes 11 de julio.
Tanto el TAS como el tribunal federal suizo aceptaron que, en efecto, con su reglamentación DSD la federación discriminaba a Semenya, pero consideraban que era una discriminación “necesaria” para salvaguardar la igualdad en la competición femenina. Ninguna de las dos cortes de justicia entraban a valorar la validez de las pruebas presentadas por WA, una investigación sesgada, para justificar su afirmación de que la testosterona le daba una ventaja a Semenya sobre las demás competidoras específicamente en las distancias de 400m a 1.500m. En 2021 Semenya, de 32 años, recurrió al Tribunal de Estrasburgo, que, en una decisión tomada por cuatro votos contra tres, considera que la triple campeona mundial sufrió discriminación por parte de la federación, así como un atentado a su vida privada y concluye que Semenya “no ha gozado de suficientes garantías institucionales y procesales en Suiza para permitirle que sus demandas fueran examinadas de forma efectiva”.
La sentencia, que no será definitiva hasta dentro de tres meses, el plazo del que cuenta el Gobierno suizo para recurrirla ante la Gran Cámara del Tribunal de Estrasburgo, solo garantiza el derecho de Semenya a que el tribunal federal vuelva a estudiar su caso con más determinación que en la primera vista, pero no invalida el reglamento con el que la WA regula el derecho a competir en la categoría femenina de las mujeres intersexuales o con hiperandrogenia (excesiva testosterona natural), que, desde entonces ha sido modificado. La federación internacional, presidida por Sebastian Coe, estipula desde marzo pasado que solo podrán competir en cualquiera de las pruebas del programa las mujeres cuya tasa de testosterona sea inferior a 2,5 miligramos por litro de orina.
Nada más hacerse pública la sentencia, la federación pidió al Gobierno suizo que recurriera. “Seguimos siendo de la opinión de que el reglamento DSD es un medio necesario, razonable y proporcionado para proteger la competencia leal en la categoría femenina, tal y como el Tribunal de Arbitraje Deportivo y el Tribunal Federal Suizo consideraron, tras una evaluación detallada y experta de las pruebas”, dice WA en un comunicado. “Dadas las fuertes opiniones discrepantes en la decisión, animamos a Suiza a que solicite la remisión del caso a la Gran Cámara del TEDH para una decisión final y definitiva. Mientras tanto, se mantendrá el reglamento actual de la DSD, aprobado por el Consejo Mundial de Atletismo en marzo de 2023″.
Si para Semenya quizás la sentencia es más una victoria moral y pírrica, para la lucha por la inclusión de la mujer es “una victoria monumental”. Así opina, en una opinión recogida por Reuters, Seema Patel, catedrática asociada de Derecho y Discriminación de Género en el Deporte de la Universidad de Nottingham Trent. “Es un momento crítico para la inclusión, la identidad de género, los derechos humanos y la lucha contra la discriminación. Señala el valor de los derechos humanos en el deporte y la necesidad de equilibrar los intereses contrapuestos de forma justa y responsable”, declaró Patel. “El panorama ha cambiado”.
Al sentenciar a favor de Caster Semenya, y obligar al Consejo de Ministros del Consejo de Europa a vigilar su cumplimiento, el TEDH pone además en cuestión las soluciones dadas por el deporte para garantizar a todas las mujeres el derecho a competir y da un duro golpe legal al sistema internacional de justicia deportiva, basado en la conexión entre un tribunal de arbitraje privado, el TAS, financiado por el Comité Olímpico Internacional (COI), basado en la ley suiza y único órgano de justicia, y el Tribunal Federal Suizo, que en un 99% de los casos mantiene las decisiones del TAS y es el único órgano de apelación.
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