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Apelación deja a Motta libre de amonestaciones

El comité enmienda la decisión de Competición y anula también la sanción y la multa impuestas al jugador

El Comité de Apelación de la Real Federación Española de fútbol ha estimado el recurso presentado por el Barcelona y ha dejado sin efecto las dos tarjetas que recibió el domingo el hispano-brasileño Thiago Motta, así como la sanción de amonestación y la multa accesoria correspondiente, impuesta el martes por el Comité de Competición, que sí estimó una de las tarjetas.

Motta fue expulsado durante el partido del domingo pasado en Riazor contra el Deportivo tras ver dos tarjetas amarillas por dos acciones en las que el futbolista no intervino. El martes, Competición retiró una, pero decidi...

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El Comité de Apelación de la Real Federación Española de fútbol ha estimado el recurso presentado por el Barcelona y ha dejado sin efecto las dos tarjetas que recibió el domingo el hispano-brasileño Thiago Motta, así como la sanción de amonestación y la multa accesoria correspondiente, impuesta el martes por el Comité de Competición, que sí estimó una de las tarjetas.

Motta fue expulsado durante el partido del domingo pasado en Riazor contra el Deportivo tras ver dos tarjetas amarillas por dos acciones en las que el futbolista no intervino. El martes, Competición retiró una, pero decidió mantener, "por juego peligroso", la otra tarjeta a Motta.

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Apelación, sin embargo, ha estimado totalmente el recurso presentado por el Barcelona al entender que el jugador tampoco había participado en la otra acción por la que fue castigado por el árbitro.

Asimismo, el Comité de Apelación ha desestimado el recurso formulado por el Sporting de Gijón y ha confirmado la resolución del de Competición, en cuya virtud impone sanciones de suspensión por un partido al argentino Cristian Díaz y Samuel Baños, el primero por doble amonestación arbitral y consiguiente expulsión y el segundo por infracción de las Reglas de Juego determinante de expulsión, con las multas accesorias correspondientes.

También ha desestimado el recurso del Elche, que pretendía que Apelación retirase el partido de suspensión impuesto a Tortolero por doble amonestación arbitral y consiguiente expulsión, en aplicación de los artículos 132.a) y 134 de los Estatutos federativos, con la multa accesoria correspondiente.

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