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El Tribunal de Justicia de la UE condena a España por incumplir la normativa europea sobre aguas residuales urbanas

La corte aprecia graves deficiencias en la recogida, depuración y control de vertidos en una treintena de localidades, sobre todo en Andalucía y Canarias

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) acaba de dictar una sentencia en la que declara que España ha vulnerado de forma reiterada la directiva comunitaria sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas, al no garantizar en numerosas aglomeraciones urbanas la recogida, depuración y control de vertidos exigidos por la normativa europea.

La corte, con sede en Luxemburgo, respaldó la acusación formulada por la Comisión Europea, que llevó el caso ante la justicia comunitaria tras constatar deficiencias persistentes en la gestión del saneamiento en decenas de zonas de todo el territorio. Según el servicio de prensa del tribunal, los incumplimientos afectan a unas 50 aglomeraciones urbanas y áreas intermunicipales de más de 10.000 habitantes, entre ellas áreas de Canarias (hasta 11, todas en la isla de Tenerife) y Andalucía (15), así como núcleos de mayor tamaño como Donostia-San Sebastián, Cáceres o Mérida.

El fallo, conocido este jueves, constata que España no adoptó las medidas necesarias para asegurar la recogida de las aguas residuales en múltiples localidades, especialmente en municipios de las islas Canarias donde se emplearon sistemas individuales que no cumplían con las condiciones fijadas por la normativa comunitaria. Además, en al menos 34 aglomeraciones las aguas recogidas no reciben antes de su vertido el tratamiento secundario —o equivalente— que exige la Directiva, mientras que en otras 19 que vierten en zonas sensibles no se aplica un procedimiento más riguroso.

Este miércoles, España presentó sus alegatos en una vista celebrada ante del TJUE en Luxemburgo, informa Efe. A continuación, el caso será analizado por un abogado general del TJUE, en cuyas conclusiones podrán apoyarse los jueces para, más adelante

En su fallo, el tribunal subraya el incumplimiento de las obligaciones de control de los vertidos, al no haberse verificado de manera adecuada en muchas de las aglomeraciones urbanas el cumplimiento de los requisitos técnicos previstos en la Directiva. Esto, a juicio de la corte, representa una vulneración continuada de los artículos que regulan la recogida, tratamiento y vigilancias de las aguas residuales.

Aunque la sentencia no establece de inmediato sanciones económicas, abre la puerta a que la Comisión Europea solicite ante el TJUE la imposición de multas coercitivas o sanciones a tanto alzado si España no corrige de forma efectiva las deficiencias detectadas.

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