Nueva Constitución e interrupción del embarazo: a no retroceder

Es particularmente preocupante lo planteado por el Partido Republicano, que propone agregar a la propuesta que “se protege la vida del niño que está por nacer y la maternidad” y modificar un artículo señalando que “todo ser humano es persona”

Mujeres participando de una marcha a favor del aborto en Santiago (Chile).Esteban Felix (AP)

La actual Constitución asegura el derecho a la vida y mandata a la ley a proteger la vida del que está por nacer. Si bien esta disposición se invocó como un obstáculo para introducir modificaciones que permitieran la interrupción voluntaria del embarazo, en el año 2017 el Tribunal Constitucional despejó toda duda al señalar que la protección del no nacido no debe redundar en una desprotección ni sobreprotección a la persona de la mujer gestante, en tanto que el feto o embrión no tiene el mismo estatus y, p...

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La actual Constitución asegura el derecho a la vida y mandata a la ley a proteger la vida del que está por nacer. Si bien esta disposición se invocó como un obstáculo para introducir modificaciones que permitieran la interrupción voluntaria del embarazo, en el año 2017 el Tribunal Constitucional despejó toda duda al señalar que la protección del no nacido no debe redundar en una desprotección ni sobreprotección a la persona de la mujer gestante, en tanto que el feto o embrión no tiene el mismo estatus y, por tanto, no le asisten los derechos que la Constitución reconoce a todas las personas. Gracias a ello entró en vigencia la ley que, si bien no soluciona del todo la vulneración de derechos que significa para las mujeres la criminalización del aborto, ha permitido desde su entrada en vigencia que miles hayan accedido a este procedimiento de manera segura.

Hoy, la protección del no nacido, la forma que ésta adopte, su estatus legal y las consecuencias para la vida y los derechos de niñas, adolescentes y mujeres se han convertido en un terreno de disputa en el proceso constitucional. El anteproyecto aprobado por la Comisión Experta, con representación de todos los sectores políticos, propone asegurar a todas las personas el derecho a la vida, sin otra mención adicional. Mientras que las bancadas de oposición del Consejo Constitucional proponen enmiendas que apuntan a explicitar la protección del que está por nacer, un matiz que es relevante para la autonomía reproductiva de las mujeres y para la subsistencia de la ley 21.030.

Es particularmente preocupante lo planteado por el Partido Republicano, que propone agregar que “se protege la vida del niño que está por nacer y la maternidad”, y también, modificar el artículo primero señalando que “todo ser humano es persona”. Estas enmiendas en conjunto significan un retroceso en materia de derechos, pues no sólo cierra la puerta a proyectos de ley futuros, sino que pone en riesgo la vigencia del aborto por causales, uno de los avances legislativos más significativos del último tiempo para mejorar la vida de las niñas, adolescentes y mujeres. Esta consecuencia es reconocida por Luis Silva, jefe de bancada de los republicanos, quien señaló que en esta materia “tendrán que resolver los tribunales”. A esto se suma el cerrojo que generaría la propuesta de elevar el quórum para modificar la Constitución, que impediría revertir los retrocesos generados si se incorporan al texto las enmiendas señaladas.

La propuesta, además de regresiva, contradice lo dispuesto por el Tribunal Constitucional y también lo señalado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, órgano autorizado para la interpretación de los tratados de Derechos Humanos suscritos por Chile, que al interpretar el artículo cuarto de la Convención Americana de Derechos Humanos (frecuentemente aludida para justificar normas como la que se pretende introducir al texto constitucional) es categórica al señalar que la protección de la vida prenatal es gradual e incremental –y no absoluta– de la vida prenatal y que el embrión no puede ser entendido como persona (caso Artavia Murillo y otros versus Costa Rica).

Ya conocemos retrocesos en materia de derechos de las mujeres en nuestra historia. Mientras que un presidente democristiano, Eduardo Frei Montalva, fue quien impulsó la distribución de anticonceptivos y la modificación del Código Sanitario para facilitar el acceso al aborto terapéutico que existía desde 1931 en nuestro país, la dictadura introdujo medidas restrictivas a distintos niveles para retroceder en derechos de las mujeres: primero a nivel constitucional con el mandato de protección legal del que está por nacer, y luego con la modificación al Código Sanitario que prohibió completamente la interrupción del embarazo.

En cualquier democracia que se precie de serlo, escribir una nueva Constitución debe ser una oportunidad para reconocer y garantizar derechos a todas y todos. Que el nuevo texto constitucional obstaculice o intente retroceder en logros legales tan importantes como la ley de interrupción voluntaria del embarazo es algo inadmisible para una sociedad democrática como la nuestra, pues pone en peligro no sólo la autonomía de las mujeres, sino también derechos tan básicos como el derecho a la vida, a la salud y a la integridad física y psicológica.

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