El juez reafirma la prohibición de UberPop

El Juzgado Mercantil número 2 de Madrid rechaza las medidas cautelares demandadas por la compañía estadounidense

Un usuario de Uber, en BarcelonaAlbert Garcia

Uber no podrá —de momento— reactivar su plataforma de transporte de viajeros en coches particulares UberPop, pero podrá relizar "el ejercicio lícito de otros servicios". Al Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Madrid no le han convencido los argumentos de oposición a la prohibición cautelar dados por la multinacional y ha ratificado el cese provisional de la modalidad UberPop en un auto al que ha tenido acceso EL PAÍS.

El juez ha desestimado las peticiones de Uber de levantar la suspensión impuesta el pasado 9 de diciembre sobre su...

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Uber no podrá —de momento— reactivar su plataforma de transporte de viajeros en coches particulares UberPop, pero podrá relizar "el ejercicio lícito de otros servicios". Al Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Madrid no le han convencido los argumentos de oposición a la prohibición cautelar dados por la multinacional y ha ratificado el cese provisional de la modalidad UberPop en un auto al que ha tenido acceso EL PAÍS.

El juez ha desestimado las peticiones de Uber de levantar la suspensión impuesta el pasado 9 de diciembre sobre su servicio UberPop y de recalcular al alza la fianza de 10.000 euros solicitada a la demandante, la Asociación Madrileña del Taxi (AMT). La AMT mantiene un litigio con la matriz Uber Tecnologies Inc., con sede en Estados Unidos; a la que acusa de competencia desleal por facilitar que personas que carecen de la licencia para transportar pasajeros ofrezcan este servicio alternativo al taxi a través de su app. A raíz de esta demanda, la empresa se vio obligada a cerrar UberPop en Nochevieja. La aplicación funcionaba en Madrid, Valencia y Barcelona, donde la semana pasada se enfrentó a otro proceso judicial por competencia desleal y abuso de posición.

El magistrado, sin embargo, ha hecho una concesión a Uber, que volvió a presentarse como una "empresa de servicios de la sociedad de la información". El juez ha admitido que "las órdenes de bloqueo estarían mal dictadas" y ha ordenado que estas afecten solo a UberPop "o a aquel que posibilite un servicio de transporte", por lo que las plataformas de pago electrónico y las teleoperadoras no deben restringir otras actividades de la firma. Esto validaría UberEats, la modalidad de reparto de comida que la compañía tiene en Barcelona y abriría la puerta a que la firma ponga en marcha otro tipo de negocios.

El letrado de la AMT, José A. Diez, ha celebrado la confirmación del cese cautelar de UberPop en España: "De no haberlo pedido, hubiéramos tenido que esperar a una sentencia firme para ejecutar la prohibicón y eso puede durar años, con el perjuicio que comporta para todos los transportistas. La actividad que está haciendo Uber es de transporte y no es economía colaborativa, ya que en el fondo hay enriquecimiento".

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