El fiscal desiste en el caso de los móviles de Torrevieja

Desde las terminales usadas por varios concejales se llamó a prostitutas y se contrató porno El ministerio público pide cerrar la investigación porque no hubo grave daño económico

La Fiscalía ha solicitado el sobreseimiento provisional del caso de los móviles de Torrevieja (Alicante), una causa abierta contra cuatro concejales y dos asesores del equipo de gobierno del Partido Popular en esta localidad de La Vega Baja por malversación de caudales. El principal argumento del ministerio público es que ninguno de los imputados causó un daño grave a las arcas públicas, al margen de que existieran varios cientos de llamadas a prostitutas o se contrataran canales porno de pago a cuenta del era...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

La Fiscalía ha solicitado el sobreseimiento provisional del caso de los móviles de Torrevieja (Alicante), una causa abierta contra cuatro concejales y dos asesores del equipo de gobierno del Partido Popular en esta localidad de La Vega Baja por malversación de caudales. El principal argumento del ministerio público es que ninguno de los imputados causó un daño grave a las arcas públicas, al margen de que existieran varios cientos de llamadas a prostitutas o se contrataran canales porno de pago a cuenta del erario público.

El fiscal en Torrevieja, José Jesús Maraver, no ve indicios de delito en una investigación que su propio departamento abrió en 2007. En el escrito entregado el pasado día 2 al juzgado de instrucción número cinco de Torrevieja, argumenta que ninguno de los imputados superó los 4.000 euros en llamadas. La suma de todas ellas, según el fiscal, no superaría el 1,4% del gasto realizado en telefonía móvil en este consistorio alicantino que, durante el periodo investigado, llegó a pagar 504.939 euros en llamadas.

Este caso es uno de los varios escándalos que han afectado en los últimos años al PP de Torrevieja, que durante esta legislatura ha visto como entraba en prisión quien fuera alcalde de la ciudad durante más de 20 años, Pedro Hernández Mateo. Su sucesor, Eduardo Dolón, llegó incluso a admitir los hechos y darlos por zanjados cuando los concejales imputados devolvieron el dinero.

Casos similares

En la Audiencia de Sevilla, un jurado popular condenó al alcalde de la Puebla del Río, Julio Álvarez, por gastar 6.098 euros en llamadas a una única mujer desde el móvil municipal en poco más de un año. El tribunal superior andaluz ratificó la pena en 2011 por malversación de fondos públicos, si bien redujo la pena de tres años de cárcel a uno y medio. También rebajó la pena de inhabilitación de seis a tres años.

Recientemente, la Audiencia de Alicante accedió a paralizar una sentencia condenatoria contra una policía local de Benidorm (Alicante) por hacer llamadas personales con el móvil oficial del Ayuntamiento y quedárselo después. El juez, que no veía motivos para ello, accedió a contener la pena de seis meses de prisión y tres meses de suspensión de empleo al ser una pena inferior a dos años de cárcel y haber pedido el indulto al Gobierno.

La investigación se llevó por delante a finales de 2012 al primer oro olímpico de la historia del atletismo español, Dani Plaza, entonces edil de Educación y Deportes. Plaza dimitió al descubrirse que desde la terminal móvil en su poder realizó más de 200 llamadas a prostitutas de distintas provincias españolas, además de llamadas a teléfonos eróticos.

La información fue tan ingente que la policía tan solo hizo un pequeño muestreo para el juzgado. Entre lo encontrado por los investigadores destacaron las llamadas por valor de 415 euros del concejal Javier Montoro, todavía en el ayuntamiento torrevejense, a su novia. Graham Knight, un expolicía inglés que asesoraba a Hernández Mateo respecto al electorado británico de la ciudad, gastó 1.200 euros en conexiones a internet desde Inglaterra en solo un fin de semana.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Para considerar que “no ha quedado acreditada la perpetración de delito”, Maraver ha abordado el caso desde una perspectiva distinta de la del fiscal que comenzó a investigar. En sus inicios, el caso fue calificado como una vulneración del artículo 432 del código penal y Maraver lo ha contextualizado en virtud del artículo 434.

Ambos artículos hacen alusión a la malversación de caudales públicos, explicaron fuentes jurídicas: el primero se refiere al mal uso de dineros públicos y el segundo a una aplicación privada de un bien patrimonial. Es decir, mientras que el 432 habla de la utilización espuria de capital público sin importar la cantidad, el 433 solo puede ser aplicable si, en este caso, hubieran robado además los móviles.

En el PSPV-PSOE, personado en la causa, se mostraron disconformes con el escrito de Fiscalía y con el cambio en la calificación. Los socialistas consideran que, si bien el gasto puede parecer pequeño para un Ayuntamiento con casi 100 millones de presupuesto, no se puede despreciar el uso que se le dio a un teléfono pagado por los ciudadanos.

Archivado En