El fiscal pide por sexta vez a Alaya que devuelva a Lopera sus acciones del Betis

El ministerio público se opone parcialmente al auto de procesamiento del expresidente del club

El ex máximo accionista del Betis Manuel Ruiz de Lopera, en los juzgados sevillanos el pasado diciembre.PACO PUENTES

La Fiscalía de Sevilla se ha opuesto con firmeza a una decisión de la juez Mercedes Alaya, pero esta vez no ha sido en el caso ERE, sino en la causa que investiga la gestión del Betis. El ministerio público ha solicitado por sexta vez que las acciones del ex máximo accionista del club de fútbol Manuel Ruiz de Lopera le sean devueltas después del embargo que decretó en la instrucción que afecta a su gestión en el club.

La fiscalía discrepa de Alaya, y matiza que no comparte "plenamente" ...

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La Fiscalía de Sevilla se ha opuesto con firmeza a una decisión de la juez Mercedes Alaya, pero esta vez no ha sido en el caso ERE, sino en la causa que investiga la gestión del Betis. El ministerio público ha solicitado por sexta vez que las acciones del ex máximo accionista del club de fútbol Manuel Ruiz de Lopera le sean devueltas después del embargo que decretó en la instrucción que afecta a su gestión en el club.

La fiscalía discrepa de Alaya, y matiza que no comparte "plenamente" la tesis de Alaya expresada en su auto de procesamiento del pasado mayo, y sí apoya el fondo de la acusación, aunque con abundantes reservas. La fiscal entiende que el auto debe mantenerse y no pide su sobreseimiento, pero no obstante apoya parcialmente la petición de Lopera para recurrir dicho auto de procesamiento. Y el ministerio público estima que los hechos referidos a 1992 no son delictivos, tal y como ya dictaminó la Audiencia en 2010 por carecer de "tipicidad penal". Además, la venta de acciones de Lopera a Luis de Oliver, impugnada por supuesto alzamiento de bienes, para la fiscalía "no alberga los elementos esenciales" como que existan acreedores cuyo pago se intenta eludir con la citada venta.  

La fiscalía subraya que para embargar las acciones de Lopera la magistrada se apoyó en el artículo 13 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, destinado a consignar pruebas de los delitos e identificar a los supuestos delincuentes, pero que este artículo es insuficiente.

"La adopción de la medida cautelar [embargo de las acciones] no era ajustada a Derecho, por considerar que el artículo 13 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal es manifiestamente insuficiente para justificar una medida de la gravedad de la adoptada, aún menos su mantenimiento pasados cuatro años de su implantación", reza el escrito en el que la fiscal Margarita Viera apoya parcialmente el recurso de Lopera presentado ante el juzgado de Alaya.

La fiscal estima que los hechos que Alaya achaca al expresidente del Betis en su auto de procesamiento son "atípicos" por carecer del delito de administración desleal. Y respecto a la compraventa de acciones de la sociedad Farusa, no acredita "los perjuicios causados al club deportivo, ni los socios o accionistas".

Queja archivada

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También vinculado con la juez que instruye el caso de los ERE, Mercedes Alaya, ha trascendido este martes que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha archivado una queja elevada por la Asociación de la Prensa de Sevilla contra la magistrada por haber ordenado el pasado 20 de mayo a la Guardia Civil retener y analizar el contenido del teléfono móvil de un periodista porque consideró que podría haberle grabado por medio de este dispositivo durante una instrucción. El TSJA advierte no obstante en el texto del archivo que “ciertamente, se debe extremar el juicio de proporcionalidad a la hora de adoptar medidas de injerencia en el derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones”.

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