Un juez anula una multa por especificar la infracción cometida

El magistrado de lo contencioso-administrativo considera que se ha producido la indefensión del conductor al no poder alegar

El titular del Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Madrid ha anulado una denuncia interpuesta por un controlador del servicio de estacionamiento regulado (SER) que no especificó en el boletín de denuncia en qué situación se encontraba el vehículo infractor. Así lo ha desvelado esta mañana el Comisariado Europeo del Automóvil (CEA) que no descarta que estas irregularidades puedan ser causa de anulación de más sanciones.

Según CEA, el agente denunció al conductor por una falta grave. Supuestamente, había estacionado "obstaculizando gravemente la circulación de vehículos o peatones...

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El titular del Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Madrid ha anulado una denuncia interpuesta por un controlador del servicio de estacionamiento regulado (SER) que no especificó en el boletín de denuncia en qué situación se encontraba el vehículo infractor. Así lo ha desvelado esta mañana el Comisariado Europeo del Automóvil (CEA) que no descarta que estas irregularidades puedan ser causa de anulación de más sanciones.

Según CEA, el agente denunció al conductor por una falta grave. Supuestamente, había estacionado "obstaculizando gravemente la circulación de vehículos o peatones o constituyendo un riesgo". Eso sí, no indicaba si lo había hecho invadiendo o imposibilitando el uso de un paso de peatones o en una esquina de forma que impedía la circulación. O incluso si estaba en doble fila.

Como consecuencia de esta falta de descripción del hecho, el juez de lo contencioso-administrativo ha estimado el recurso presentado y ha anulado la sanción por no ajustarse a derecho. Al no describir la infracción cometida, se ha generado una evidente y clara indefensión del conductor. Este desconocía cuál era el factor que había supuesto la infracción cometida. De esta forma, no podía hacer alegaciones ni ejercer su defensa.

La diferencia entre una sanción leve y una grave es considerable. La primera puede acarrear entre 60 y 90 euros, mientras que las graves son siempre de 200 euros. "Se da la circunstancia de que en numerosas ocasiones las denuncias de estacionamiento se imponen con carácter grave cuando en realidad no se concreta ni se aclara el contenido de la sanción para que quede como justificada como una infracción de ese tipo", añaden desde CEA.

En toda denuncia debe constar la identificación del vehículo infractor; la identidad del conductor, si se conoce; una relación circunstanciada del hecho con indicación de lugar, fecha y hora; número del agente de la autoridad que la hace y sanción que pudiera corresponder.

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