La Generalitat recurrirá la anulación del PAI de Marina Golf

La consejera Isabel Bonig considera que hay una "confusión jurídica" en el fallo

La consejera de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, Isabel Bonig, ha afirmado hoy que la Generalitat recurrirá ante el Tribunal Supremo la anulación por parte del Tribunal Superior de Justicia valenciano del PAI de Marina Golf de Cabanes al considerar que hay "confusión" jurídica.

Bonig ha hecho estas declaraciones en Castellón, donde ha asistido a una jornada sobre rehabilitación y regeneración urbana. La consejera ha dicho primero que respeta y acata las decisiones judiciales, para añadir l...

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La consejera de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, Isabel Bonig, ha afirmado hoy que la Generalitat recurrirá ante el Tribunal Supremo la anulación por parte del Tribunal Superior de Justicia valenciano del PAI de Marina Golf de Cabanes al considerar que hay "confusión" jurídica.

Bonig ha hecho estas declaraciones en Castellón, donde ha asistido a una jornada sobre rehabilitación y regeneración urbana. La consejera ha dicho primero que respeta y acata las decisiones judiciales, para añadir luego que la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que anula el PAI, hecha pública el pasado fin de semana, "no es ajustada a derecho".

El TSJCV ha anulado, por ser contraria a derecho, la homologación y plan parcial Marina Golf de Cabanes por carecer la mercantil designada como agente urbanizador de la clasificación para contratar y por vulnerar los principios de libre concurrencia. Además, la licitación del plan no se publicó en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

En la sentencia, la sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal valenciano estima de forma íntegra un recurso presentado contra la decisión de la Comisión Territorial de Urbanismo, que aprobó definitivamente la homologación del PAI en abril de 2010. El TSJ indica que se trata de una obra de más de seis millones de euros, lo que había “indispensable” que el procedimiento de licitación se hubiera publicado en el ámbito europeo. “Al no haberse hecho así, el acto material de adjudicación del programa y su aprobación es nulo”, sostiene el fallo.

El proyecto prevé urbanizar más de 18 millones de metros cuadrados en los términos de Oropesa y Cabanes, en los cuales se iban a levantar más de 35.000 viviendas, campos de golf y hoteles. El PAI contaba, además, con la cesión de terrenos para desarrollar el parque Mundo Ilusión, pero la Generalitat lo paralizó años atrás ante la imposibilidad de llevarlo a cabo.

Para Bonig, la opinión sobre la interpretación jurídica que hace el tribunal valenciano es "unánime" en la Abogacía de la Generalitat, los servicios territoriales y la Dirección General de Urbanismo.

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El problema radica, según la titular de Infraestructuras, en que hay una "confusión jurídica". La sentencia del TSJCV, ha añadido, considera que hay un "defecto de forma en la programación", en quién va a ejecutar las obras y esto "en ningún caso puede anular la planificación urbanística que llevó su larga y tortuosa tramitación administrativa con todos los informes favorables".

Se confunden dos "cuestiones importantes", según la consejera: por un lado la "programación" y por otra la "planificación" del PAI, y eso es "muy perjudicial" para el resto de la planificación urbanística que se ha hecho.

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