El TSJM no admite la denuncia contra el portavoz del PP en la Asamblea

El tribunal madrileño no ve "delito alguno" en que dejara sin resolver una licencia de obras

Íñigo Henríquez de Luna, portavoz del PP en la Asamblea. SAMUEL SÁNCHEZ

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) no ha admitido una querella por prevaricación administrativa y por coacciones presentada contra el portavoz del grupo parlamentario popular en la Asamblea regional, Íñigo Henríquez de Luna "al no constituir delito alguno los hechos denunciados", según indica el auto de inadmisión. Este diputado fue denunciado por haber dejado sin resolver un expediente ...

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) no ha admitido una querella por prevaricación administrativa y por coacciones presentada contra el portavoz del grupo parlamentario popular en la Asamblea regional, Íñigo Henríquez de Luna "al no constituir delito alguno los hechos denunciados", según indica el auto de inadmisión. Este diputado fue denunciado por haber dejado sin resolver un expediente de licencia de obras de una finca en la calle del Pilar de Zaragoza (Madrid), cuando era concejal presidente del distrito de Salamanca.

En junio de 2011, el juez de Instrucción número 29 de Madrid, admitió a trámite una querella contra el portavoz y le citó a declarar para el 18 de octubre pasado “en calidad de imputado” en un delito de prevaricación administrativa. Sin embargo, la defensa del exconcejal adujo que Henríquez de Luna, como diputado a la Asamblea de Madrid, era aforado. El juez Domínguez elevó entonces una exposición razonada al Tribunal Superior de Madrid, que aceptó la competencia. "La actividad descrita debió tratarse […] en el contencioso-administrativo y no en la vía criminal o penal, al no apreciarse actuación arbitraria del querellado", explica en el auto del TSJM que tiene como fecha el pasado 24 de mayo.

La Sala prosigue en el escrito que en la actuación de Henriquez de Luna, que ya fue imputado y salió indemne por un supuesto delito de tráfico de influencias en el caso Becara, relacionado con la tramitación de licencias, alegando que no se observa "la patente o grosera, o manifiesta, existencia de infracción de derecho en la que se sustentó la inicial querella presentada".

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Por eso, el tribunal especifica: "La decisión de si la actuación administrativa en cuestión es o no legal, se se trata de un acto debidamente motivado o con la presencia de desviación de poder administrativa, compete así a la jurisdicción contencioso-administrativa, so siendo ni patente ni grosera o flagrante la ilegalidad pretendida y objeto de la querella".

Para la Sala de lo Civil y Penal se trata de un intento de equiparar "unas meras irregularidades administrativas posibles a la injusticia propia del delito de prevaricación, criminalizando toda actuación de las administraciones públicas".

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“Tengo la conciencia muy tranquila porque actuamos en defensa de los vecinos del barrio de La Guindalera, que se oponían a la obra, con el respaldo tanto de PSOE como de IU”, aseguró a este diario Henríquez de Luna al conocer que el caso estaba en manos del TSJM.

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