De la Mata lleva a juicio a la edil de Alicante que insultó al Rey

Marisol Moreno, de Guanyar Alacant, está imputada por injurias a la Corona

El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha ordenado la apertura de juicio contra la concejal de Alicante Marisol Moreno, de Guanyar Alacant, por un delito de injurias graves al Rey. La edil escribió un artículo en su blog en 2012, titulado Borbones Asesinos, en el que llamaba “hijo de puta” a Juan Caros I y tachaba a la Familia Real de “vagos, estafadores, borrachos y asesinos”.

La fiscalía de la Audiencia Nacional ...

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El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha ordenado la apertura de juicio contra la concejal de Alicante Marisol Moreno, de Guanyar Alacant, por un delito de injurias graves al Rey. La edil escribió un artículo en su blog en 2012, titulado Borbones Asesinos, en el que llamaba “hijo de puta” a Juan Caros I y tachaba a la Familia Real de “vagos, estafadores, borrachos y asesinos”.

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La fiscalía de la Audiencia Nacional pide 10 meses de prisión para la concejal de la coalición formada, entre otros partidos por Esquerra Unida, Esquerra Republicana de Cataluña y Podemos. La concejal de Juventud y Protección Animal de Alicante se mostró arrepentida de sus manifestaciones cuando acudió a declarar como imputada ante De la Mata el pasado 17 de septiembre.

De la Mata acordó a comienzos de octubre transformar las actuaciones en procedimiento abreviado, trámite equivalente al procesamiento, argumentando que el derecho al insulto no está reconocido en la Constitución y que la acusada escribió comentarios "absolutamente vejatorios y ofensivos" entre los meses de abril de 2012 a 2015, antes de acceder al cargo público.

A su juicio, las expresiones dirigidas al monarca son "absolutamente vejatorias y ofensivas" y constituyen "insultos directos, sin matiz ni interpretación alternativa alguna", además de resultar "completamente impertinentes para expresar las opiniones de que se trataba".

Para el juez, Moreno utilizó manifestaciones "impertinentes e innecesarias" para expresar sus ideas, ya que la Carta Magna "no reconoce un derecho al insulto" y, por tanto, excluye las expresiones "absolutamente vejatorias y las que, al margen de la veracidad o inveracidad, sean ofensivas y resulten impertinentes para expresar las opiniones de que se trate".

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