El fiscal dice que Otegi bebió para ser exculpado del asesinato de dos ertzainas

La hermana del acusado afirma que este "lloró como un niño" despues de matar a los agentes El procesado niega que perteneciese a ETA en el momento de cometer el crimen

Mikel Otegui durante el juicio en la Audiencia Nacional. J.J. Guillén (EFE)

El fiscal Carlos Bautista ha mantenido su petición de pena de 70 años de cárcel para Mikel Otegi por el asesinato de los ertzainas Iñaki Mendiluze y José Luis González en la localidad guipuzcoana de Itsasondo en 1995, y ha argumentado que el acusado "no es un enfermo mental" y que bebió tras cometer el crimen para ver rebajada su pena.

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El fiscal Carlos Bautista ha mantenido su petición de pena de 70 años de cárcel para Mikel Otegi por el asesinato de los ertzainas Iñaki Mendiluze y José Luis González en la localidad guipuzcoana de Itsasondo en 1995, y ha argumentado que el acusado "no es un enfermo mental" y que bebió tras cometer el crimen para ver rebajada su pena.

En la sesión del juicio que se celebra en la Audiencia Nacional contra Otegi por delitos de atentado y asesinato terrorista e integración en organización terrorista, el fiscal ha calificado de "apaño del procesado" la ingesta de alcohol después de disparar contra los dos agentes, en contra de la tesis de la defensa de que el acusado no era dueño de sus actos y tenía las facultades mermadas por haber bebido antes del crimen.

"Después de casi 17 años, los que han tenido un juicio justo han sido los agentes", ha afirmado Bautista, que ha puesto de relieve el ataque "a traición" y "por sorpresa" que sufrieron los ertzainas por parte del procesado.

Los hechos por los que se juzga a Otegi tuvieron lugar en la mañana del 10 de diciembre de 1995, cuando este, tras discutir con un ertzaina en un bar, se dirigió en coche a su caserío en Itsasondo. Su forma de conducir alertó a la patrulla formada por los agentes Ignacio Jesús Mendiluce y José Luis González, quienes acudieron al caserío. El acusado se percató de su presencia a las puertas de la finca y fue en busca de una escopeta semiautomática, para la que tenía licencia. Otegi salió de la vivienda y les disparó a una distancia aproximada de dos metros, falleciendo ambos agentes en el acto. Tras acabar con la vida de los ertzainas, el acusado se dirigió al coche patrulla y comunicó a la policía por el radiotransmisor: “Un casero ha matado a dos cipayos” (término despectivo para referirse a los policías).

Los psiquiatras que han evaluado a Otegi descartan que sufra una enfermedad mental

En el juicio, que concluirá el próximo jueves, ha comparecido como testigo la hermana del acusado, que ha afirmado que Otegi "estaba ido y totalmente fuera de sí" y "lloraba como un niño" tras disparar a los agentes. Sin embargo, los psiquiatras que le examinaron han negado que existieran "vestigios de enfermedad mental", si bien han afirmado que era una persona extraordinariamente sensible y que "recuperó la conciencia de lo que realmente ocurrió" tras los hechos.

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El procesado siempre ha negado pertenecer a ETA en el momento del crimen. Juan Carlos Yoldi Múgica, un preso de la banda terrorista que llegó a ser candidato a lehendakari por Herri Batasuna, ha intervenido a propuesta de la defensa para afirmar que "nunca en la historia de ETA" se ha producido un caso similar,en el que alguien utiliza su arma, "propia y legal", para perpetrar un atentado. Sin embargo, los guardias civiles que han participado en la vista han enmarcado a Otegi en el "entorno etarra" en el momento de los hechos, como prueba su participación en actos de kale borroka y su "implicación" en la constitución de los estatutos de la nueva Jarrai en la isla de Zuaza (Álava) en 1990. Años después, han recordado, el acusado cruzó la frontera y se integró en ETA, por lo que fue condenado en Francia.

Mikel Otegi ya fue juzgado en 1997 por estos hechos ante un jurado popular de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa, que le absolvió por "no ser dueño de sus actos". No obstante, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ordenó repetir el juicio, decisión avalada por el Tribunal Constitucional en 2004.

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