La Comunidad de Madrid reduce el horario del toque de queda los días 24 y 31

El Boletín Oficial publica que se podrá circular hasta la 1.30 para regresar a los domicilios

La calle Preciados en Madrid, esta semana.Andrea Comas

El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) ha publicado esta mañana sendas órdenes de la Consejería de Sanidad en la que se prohíbe la circulación de personas entre las 00.00 y las 6.00 para frenar el contagio del coronavirus. Las únicas excepciones las representan las noches del 24 al 25 de diciembre y del 31 al 1 de enero, en las que el horario de movilidad se amplía hasta la 1.30 con motivo de las celebraciones navideñas. Eso sí, aclara el BOCM que solo se podrá aprovechar esa hora y media para regresar a los domicilios y no para acudir a otros actos sociales.

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El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) ha publicado esta mañana sendas órdenes de la Consejería de Sanidad en la que se prohíbe la circulación de personas entre las 00.00 y las 6.00 para frenar el contagio del coronavirus. Las únicas excepciones las representan las noches del 24 al 25 de diciembre y del 31 al 1 de enero, en las que el horario de movilidad se amplía hasta la 1.30 con motivo de las celebraciones navideñas. Eso sí, aclara el BOCM que solo se podrá aprovechar esa hora y media para regresar a los domicilios y no para acudir a otros actos sociales.

La primera orden publicada recuerda las medidas aprobadas ya a finales de octubre, por las que se fija el toque de queda en la medianoche. Se mantienen las excepciones recogidas en esa orden como el acudir a centros sanitarios, el cumplimiento de obligaciones laborales o legales, el retorno a la residencia familiar, el cuidado de personas mayores o con discapacidad, el acudir a gasolineras o bancos o la realización de pruebas o exámenes oficiales, entre otras, incluida las de “fuerza mayor o situación de necesidad”.

Estas medidas cambiarán en Nochebuena y Nochevieja, cuando se permite desplazarse hasta las 1.30, pero con la única excepción de regresar a los domicilios tras las celebraciones navideñas. “En ningún caso se utilizará esta ampliación horaria para desplazarse a diferentes encuentros sociales”, aclara el artículo 2 de la orden. Lo que sí se permite es la circulación en tránsito a través de la Comunidad de Madrid.

La segunda orden publicada recoge las zonas básicas de salud (ZBS) que permanecerán confinadas por tener una alta tasa de incidencia del coronavirus. Se mantiene la de La Moraleja, en Alcobendas, hasta la medianoche del 28 de diciembre, a la espera de ver cómo evolucionan los contagios. A partir de la medianoche del lunes se suman otras cinco. En la capital, las zonas básicas de salud Andrés Mellado (distrito de Chamberí) y de Sanchinarro (Hortaleza). Esta última se encuentra perimetralmente delimitada al norte por la calle de Margarita de Parma, al oeste por la calle de María de Portugal, al este por la calle de María Tudor y al sur por la calle Leonor de Austria. Fuera de la capital están la ZBS de Felipe II y del Alcalde Bartolomé González, ambas en Móstoles, y la de Getafe Norte, en este municipio de la zona sur.

La prohibición en estas últimas cinco zonas se mantendrán en principio hasta la medianoche del 4 de enero. Para ver si se mantienen o se levantan, la Consejería de Sanidad estudiará la evolución de la pandemia en cada una de ellas.

El BOCM recoge que las medidas establecidas en esta segunda orden serán de aplicación “a todas las personas que se encuentren o circulen, así como a aquellas personas que sean titulares de cualquier actividad económica, empresarial o establecimiento de uso público o abierto al público ubicado en los ámbitos territoriales afectados”. Se prohíbe la salida o entrada en estas áreas, salvo por situaciones similares a las recogidas por el toque de queda. Lo que también está permitido la circulación en tránsito por esas zonas.

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