El preso campeón de muay thai que mató a golpes a otro reo, culpable de asesinato con alevosía

La fiscalía consideraba que fue homicidio, menos grave y con penas inferiores

Vista de la prisión de Soto del Real, el pasado 20 de marzo.Ricardo Rubio (Europa Press)
Madrid -

Un preso murió en 2018 en el centro penitenciario de Madrid V, en la localidad madrileña de Soto del Real, después de que su nuevo compañero de celda, experto luchador de muay thai ―un arte marcial de origen tailandés― y de kikboxing ―deporte de combate de origen japonés―, la emprendiera a golpes con él tras discutir sobre quién iba a dormir en la litera de abajo y quién en la de arriba, según confirmaron entonces a EL PAÍS fuentes penitenciarias. Ahora, un jurado popular de la Audiencia de Madrid lo ha declarado cu...

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Un preso murió en 2018 en el centro penitenciario de Madrid V, en la localidad madrileña de Soto del Real, después de que su nuevo compañero de celda, experto luchador de muay thai ―un arte marcial de origen tailandés― y de kikboxing ―deporte de combate de origen japonés―, la emprendiera a golpes con él tras discutir sobre quién iba a dormir en la litera de abajo y quién en la de arriba, según confirmaron entonces a EL PAÍS fuentes penitenciarias. Ahora, un jurado popular de la Audiencia de Madrid lo ha declarado culpable de un delito de asesinato con alevosía.

El juicio se celebró el pasado 29 de junio en la Audiencia Provincial de Madrid. Tras la deliberación, los miembros del jurado han dado por acreditado que el acusado, Jesús M.R.H., acabó con la vida de su compañero de celda y han calificado los hechos de asesinato frente al homicidio que apreció el fiscal. La diferencia entre ambos delitos es que el asesinato es premeditado y es más grave que el homicidio. El homicidio está penado con entre cuatro y 15 años, mientras que la condena por asesinato va de 15 a 25 años. En este caso, es asesinato con alevosía, porque se considera que en el crimen hubo una forma o medio destinado a privar de defensa a la víctima. En su veredicto, el jurado dictamina no obstante que hay una atenuante por trastorno psíquico. El tribunal dictará sentencia próximamente.

La fiscalía había pedido 12 años y cinco meses de prisión para Jesús M. R. H y una indemnización de 456.500 euros para los familiares la víctima. Los hechos tuvieron lugar el 26 de diciembre de 2018, un día después de que Jesús, que entonces tenía 28 años, ingresara en prisión provisional en Soto del Real tras ser detenido por un intento de homicidio en el Metro de Madrid. En una trifulca, la había emprendido a golpes con un vigilante de seguridad. Le asignaron la celda número 18, dentro del Módulo 1, que iba a compartir con otro interno, un preso de confianza puesto por la dirección del centro para ayudar al ahora condenado a adaptarse a su primer paso por prisión.

Tras regresar de la cena, ambos se pelearon por quién dormiría arriba y quién abajo. Tras una breve discusión, la víctima lanzó un puñetazo que impactó al acusado en la frente, según el relato fiscal. Este se abalanzó sobre el fallecido y, con “claro ánimo” de acabar con la vida del otro recluso, comenzó a darle puñetazos y patadas en la cabeza y al cuerpo sin que la víctima tuviera siquiera opción a reaccionar, llegando a caer al suelo, donde el acusado siguió lanzando golpes a la cara y al tórax hasta causarle la muerte.

La fiscalía destacaba en sus conclusiones provisionales la superioridad física, la diferencia de edad y la contundencia y precisión de los golpes lanzados por el acusado que es experto en técnicas de combate ya que tuvo la licencia federativa de kickboxing y muay thai al menos durante 2016 y 2017. El escrito de acusación subraya que Romero fue diagnosticado con trastorno mixto de personalidad y que este tipo de patologías conllevan “una marcada impulsividad” y una “baja tolerancia a las contrariedades”. Esta patología, a juicio de la Fiscalía, no le impedía ser consciente de su acción.










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