Archivada la investigación contra cargos del Sergas en el caso de las muertes por hepatitis C
La Audiencia de A Coruña sostiene que no denegaron los costosos tratamientos sino que los “pospusieron”
La primera causa penal abierta en España contra una administración pública por demorar la prescripción de medicinas a pacientes con hepatitis C, ha sido archivada. La Audiencia Provincial de A Coruña ha desestimado los recursos de apelación presentados por la Fiscalía y por el colectivo de afectados contra el auto de noviembre del año pasado en el que el Juzgado de Instrucción 3 de Santiago de Compostela decretó el sobreseimiento provisional de la causa y el archivo de las actuaciones contra dos altos...
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La primera causa penal abierta en España contra una administración pública por demorar la prescripción de medicinas a pacientes con hepatitis C, ha sido archivada. La Audiencia Provincial de A Coruña ha desestimado los recursos de apelación presentados por la Fiscalía y por el colectivo de afectados contra el auto de noviembre del año pasado en el que el Juzgado de Instrucción 3 de Santiago de Compostela decretó el sobreseimiento provisional de la causa y el archivo de las actuaciones contra dos altos cargos de Servicio Galego de Saúde (Sergas). La Fiscalía les atribuía un delito de homicidio imprudente por retrasar por “razones presupuestarias”, con resultado de muerte para algunos afectados, las costosas medicinas que necesitaban. La Audiencia concluye que no se denegó el medicamento a los pacientes sino que se pospuso.
El Ministrerio Público vio indicios de delito en las restricciones impuestas por los entonces director de Asistencia Sanitaria y por la subdirectora de Farmacia del Sergas y ambos fueron investigados como presuntos responsables de delitos de homicidio por imprudencia grave profesional y prevaricación.
No obstante, de la misma forma que el instructor, los jueces de la Audiencia de A Coruña entienden que no existe relación de causalidad entre los fallecimientos de los pacientes y los actos imputables a los investigados. “No se aprecia indiciariamente la omisión de un deber de cuidado”, sostienen los magistrados, reseñando que carecen de indicios de que la eliminación de la demora en la autorización del fármaco hubiera tenido algún efecto en los enfermos.
“Debe reiterarse que desde que el médico que trata al paciente decide solicitar el fármaco hasta que le es administrado al enfermo hay un largo camino en el que la actuación de los investigados se ciñe al tramo entre la recepción de la solicitud en la subdirección general de farmacia y la aprobación del dictamen de la subcomisión”, indica el tribunal. En su opinión no se les puede responsabilizar “de las situaciones previas o posteriores a tal entrada”.
La Audiencia de A Coruña sostiene que las restricciones a las solicitudes del medicamento se produjeron “desde la perspectiva de que era próxima la cristalización de las gestiones sobre la financiación e inclusión del fármaco en la oferta del sistema de salud”. Así, cree que mas que denegaciones, lo que hubo fue una “posposición de la solicitud y eventual autorización hasta que concluyese el programa para el cual se había establecido la prioridad, con criterios técnicos, de un determinado grupo de pacientes”.
De esta forma, el tribunal desestima la posible prevaricación en la tramitación de las solicitudes reiterándose que, en todo caso “estaríamos ante una posposición en la tramitación y no ante una denegación de la autorización del tratamiento”.
“Laberinto burocrátrico”
La intervención de la Fiscalía del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia se produjo a raíz de la denuncia de la Asociación Batas Blancas registrada en marzo de 2015. En aquel momento arreciaban las protestas contra el Sergas de facultativos y afectados por la hepatitis C indignados con las demoras y las denegaciones de los nuevos y costosos medicamentos como el Sovaldi que multiplican la esperanza de curación de estos enfermos.
La Xunta impuso entonces un laberinto burocrático para autorizar la dispensación de estos fármacos. Después de ser recetados por el médico, debían ser aprobados por la comisión de farmacia del hospital y a mayores por la Comisión Autonómica y Central de Farmacia y Terapéutica.
Según los médicos denunciantes, este órgano asesor formado por tres farmacéuticos y siete médicos nombrados por el director general de Asistencia Sanitaria del Sergas no tenía entre sus funciones la “anulación o confirmación de un tratamiento si no es de uso compasivo”.
La Asociación Batas Blancas aseguró entonces que en la cadena de controles creada por la Xunta para prescribir los nuevos fármacos se retrasaron “deliberadamente” las resoluciones (incluso con el extravío de expedientes) y se denegaron tratamientos a pacientes que cumplían los requisitos establecidos por el Ministerio de Sanidad.