La Audiencia de Sevilla se rebela ante el Constitucional y le acusa de vulnerar el Derecho europeo en sus sentencias del ‘caso ERE’
Los jueces rebaten la tesis del tribunal de garantías, un hecho insólito, y elevarán una consulta al Tribunal de Justicia de la UE
Cuando parece que el criterio jurídico del caso ERE está asentado, este da otra vuelta más. Más de 14 años después de su inicio, el último viraje ha llegado este miércoles cuando la Audiencia de Sevilla, primer tribunal que condenó a la cúpula de la Junta andaluza en la pieza política de la macrocausa, ha desobedecido al Tribunal Constitucional porque estima que pudo haber vulnerado el Derecho de la Unión Europea con ...
Cuando parece que el criterio jurídico del caso ERE está asentado, este da otra vuelta más. Más de 14 años después de su inicio, el último viraje ha llegado este miércoles cuando la Audiencia de Sevilla, primer tribunal que condenó a la cúpula de la Junta andaluza en la pieza política de la macrocausa, ha desobedecido al Tribunal Constitucional porque estima que pudo haber vulnerado el Derecho de la Unión Europea con sus 10 sentencias. El hecho de que una Audiencia provincial corrija al tribunal de garantías en su interpretación y eluda cumplir sus órdenes es un hecho sin precedentes, según los juristas consultados.
En 2019 la Audiencia sevillana condenó a los expresidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán y 17 ex altos cargos socialistas; en 2022 el Tribunal Supremo ratificó su tesis con otra sentencia condenatoria; y el año pasado el Tribunal Constitucional (TC) rebajó las condenas de manera sustancial y ordenó a la Audiencia de Sevilla que reformulara sus sentencias para adecuarlas a su criterio. Ahora, tras solicitarlo el PP como acusación particular, los jueces de la Audiencia han rechazado dicha orden y optan por elevar una consulta al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que decida si el tribunal de garantías español ha contravenido el derecho europeo.
En su providencia, la Audiencia plantea una “cuestión prejudicial de interpretación” para saber si el Constitucional “se ha extralimitado en la función de control que le corresponde invadiendo ámbitos reservados a la jurisdicción de los jueces y tribunales al revisar (…) la valoración probatoria y el juicio de subsunción realizado por la Audiencia y el Tribunal Supremo”. Es decir, el tribunal de Sevilla consulta al europeo con sede en Luxemburgo para que revise si el Constitucional se extralimitó en la pieza política, y da 10 días a las partes del proceso ―la Fiscalía Anticorrupción, las acusaciones y las defensas― para que se pronuncien. De momento, los magistrados han plasmado este miércoles su tesis en una providencia y tras las respuestas de las partes, elevarán la consulta al tribunal europeo, pero su criterio inicial al respecto es claro. Hasta ahora ninguna Audiencia provincial ha llevado al Constitucional ante el Tribunal de Justicia de la UE, pero este sí ha corregido decisiones de altos tribunales nacionales como el de Rumanía.
Los jueces plantean al tribunal europeo si el Constitucional pudo contravenir la normativa y jurisprudencia comunitaria en su interpretación sobre las leyes de Presupuesto de 2002 a 2009, “al dejar al margen de todo control aquello que tenga que ver con la actividad presupuestaria desde la fase inicial de elaboración de los presupuestos a la fase final de su ejecución”. La Audiencia estima que el criterio del alto tribunal podría desproteger el patrimonio público y “mermar el correcto funcionamiento de la actividad patrimonial del Estado, la confianza de la sociedad en el manejo honesto de fondos públicos y los deberes de fidelidad y transparencia que tienen los funcionarios públicos a cargo de los bienes de la administración”, reza la providencia.
En paralelo, los jueces consultan al tribunal europeo si la doctrina del Constitucional incumple la exigencia internacional de lucha contra la corrupción política. Los magistrados estiman que esto contraviene el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europa sobre la lucha contra el fraude y la actividad ilegal que afecta a los intereses financieros de la Unión, para prevenir y combatir la corrupción en general. Por último, la Audiencia plantea la posibilidad de que los tribunales ordinarios no apliquen las sentencias del Constitucional referidas a las normas legales autonómicas [en este caso las de Presupuesto de 2002 a 2009] porque estas dan a entender que serían lícitas las conductas de los acusados, en este caso los exdirigentes de la Junta andaluza durante la etapa socialista. En su resolución, los magistrados de la Audiencia sevillana esgrimen los artículos 19 del Tratado de la Unión Europea, el artículo 267 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y el artículo 4 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Hace un mes el PP andaluz recordó en su escrito para pedir la consulta a Luxemburgo que la sentencia del pasado septiembre del Tribunal Europeo declaró: “El juez nacional debe dejar de lado las resoluciones de un órgano jurisdiccional nacional superior si estima que estas no son compatibles con el Derecho de la Unión, aunque haya una norma nacional que le obliga a atenerse a dichas resoluciones (...) Dicha solución también es aplicable cuando el órgano superior es un tribunal constitucional nacional”. Entre los casos citados destaca el de Eurobox Promotion, cuya sentencia del tribunal europeo de 2021 ya dispensó a un juez rumano de aplicar sentencias del Constitucional de ese país.
“La decisión de la Audiencia sevillana es lamentable y bochornosa, una guerra al Estado de Derecho. La decisión se tiene que entender en clave política y no jurídica. ¿Cómo puede un tribunal no acatar la decisión del Constitucional?”, censura uno de los abogados defensores que pide anonimato. Mientras, el PP, que ha motivado el pronunciamiento de la Audiencia, ha mostrado su satisfacción ante su criterio jurídico. “La Audiencia de Sevilla acaba de pronunciarse diciendo que las sentencias del Constitucional sobre los ERE son contrarias al derecho y a la lucha contra la corrupción. Eso les pasa por forzar el Tribunal Constitucional y usarlo como túnel de lavado de los ERE”, ha espetado este miércoles el vicesecretario de Coordinación Autonómica y Local del PP, Elías Bendodo, en el pleno del Congreso. Los magistrados de la Sección Primera de la Audiencia sevillana que se han rebelado contra el tribunal de garantías son Pilar Llorente, Encarnación Gómez ―ambas componentes del primer tribunal de la pieza política―, Francisco de Asís Molina ―instructor del caso Marta―, Juan Jesús García Vélez y Patricia Fernández.
El Tribunal Constitucional consideró en sus 10 sentencias del pasado verano que tanto la Audiencia sevillana como el Supremo habían vulnerado los derechos fundamentales de los exdirigentes de la Junta y ordenó anular o revisar a la baja sus condenas. Desde entonces, la decena de ex altos cargos están en libertad en cumplimiento del criterio del tribunal de garantías, pero con la decisión de ahora de la Audiencia, todo vuelve a estar en el aire y el criterio final se decidirá en Luxemburgo dentro de varios años. Está por ver cómo influirá esta patada hacia arriba en el resto de juicios por las piezas separadas de la macrocausa que se celebrarán en los próximos años.