El Defensor del Pueblo renuncia a recurrir la ley de amnistía y no ve indicios de que sea inconstitucional

La institución dirigida por Ángel Gabilondo alega que la norma ha sido ya impugnada por el Supremo y por el Tribunal Superior de Cataluña

El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, durante unas jornadas organizadas por el Consejo General del Poder Judicial, en Madrid, el pasado diciembre.Europa Press News (Europa Press via Getty Images)

El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, ha decidido no recurrir la ley de amnistía, según ha comunicado el órgano este miércoles alegando tanto “razones institucionales” como consideraciones de fondo sobre la amnistía. El Defensor explica que las razones institucionales tienen que ver con el hecho de que tanto el Tribunal Supremo como el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña han presentado cuestiones de inconstitucionalidad, ...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, ha decidido no recurrir la ley de amnistía, según ha comunicado el órgano este miércoles alegando tanto “razones institucionales” como consideraciones de fondo sobre la amnistía. El Defensor explica que las razones institucionales tienen que ver con el hecho de que tanto el Tribunal Supremo como el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña han presentado cuestiones de inconstitucionalidad, planteando sus dudas al Constitucional sobre la ley que borra los delitos relacionados con el procés independentista catalán. Y sostiene que su posición es la de apartarse “de los asuntos en los que ha habido intervención judicial”.

Gabilondo también argumenta que en esta decisión “se ha tenido en consideración el respeto a los ciudadanos hasta ahora amnistiados por los jueces en aplicación de esta ley”. Por otro lado, el Defensor ha analizado la ley de amnistía y subraya que “puede indicarse que en el análisis de proporcionalidad (del caso) encuentra motivos, tanto históricos, de derecho comparado, jurisprudenciales, como conceptuales, que permitirían contradecir la presunta arbitrariedad de la norma”, lo que supone que ha llegado a conclusiones opuestas a las del Supremo para formular su cuestión de inconstitucionalidad.

“Estos argumentos, ponderados con los contrarios [los sostenidos por el Supremo], exigirán del Tribunal Constitucional el juicio de proporcionalidad”, remarca el comunicado del Defensor, añadiendo que el tribunal de garantías podrá así “establecer doctrina al respecto”.

Archivado En