Libertad condicional para el exviceconsejero Agustín Barberá, último encarcelado por los ERE, por motivos de salud

La Audiencia de Sevilla había negado al antiguo titular de Empleo, condenado a siete años, su salida de prisión porque no solicitó amparo al Constitucional

El exviceconsejero de Empleo, Agustín Barberá , a su llegada a la Audiencia de Sevilla para conocer la sentencia de los ERE en noviembre de 2019.Julio Muñoz (EFE)

El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria Nº 10 de El Puerto de Santa María (Cádiz) ha concedido el tercer grado penitenciario al exviceconsejero andaluz Agustín Barberá, el último de los antiguos altos cargos que estaba en la cárcel por la pieza política de los ERE, tras la propuesta incoada por el Centro Penitenciario Puerto III. El exdirigente socialista ha obtenido la libertad condicional de la prisión por motivos de salud debido a la enfermedad grave e incurable que sufre, como se detalla en el auto al que ha accedido EL PAÍS. La excarcelación de Barberá no obedece a las recientes sentencias del Tribunal Constitucional que supusieron la salida de prisión de otros antiguos altos cargos del caso de los ERE, denegada en julio por la Audiencia Provincial de Sevilla. Los magistrados sostuvieron que el exviceconsejero no recurrió en amparo ante el tribunal de garantías y, por ende, sus sentencias no podían aplicársele “por tratarse de un recurso personalísimo”.

Barberá entró en prisión en abril de 2023 condenado por malversación en la pieza política de los ERE a siete años y un día de cárcel. Su defensa solicitó entonces la suspensión de la pena por el cáncer que padece —y que ha desembocado ahora en su puesta en libertad condicional—, y lo hizo antes de que José Antonio Griñán la pidiese por los mismos motivos. A diferencia de lo ocurrido con el expresidente de la Junta, la Audiencia Provincial de Sevilla denegó la suspensión de la pena al considerar hace año y medio que, aunque Barberá padecía “una enfermedad grave e incurable”, a la vista del tratamiento médico remitido por su defensa y del informe del centro penitenciario, su tratamiento podía “ser dispensado en dicho centro, con las revisiones hospitalarias” a que debiera ser sometido.

En el auto del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria Nº 10 de El Puerto de Santa María, emitido tras examinar un último informe médico, la jueza Gloria Martín-Moreno considera “inadecuado a su criterio la continuidad del cumplimiento” del tratamiento del cáncer que padece Barberá en prisión y ordena su libertad condicional también “en atención a los estadios finales de la enfermedad”. Su abogado, Alfonso Martínez del Hoyo, ha celebrado este viernes la puesta en libertad condicional del exviceconsejero. “Es una decisión justa y necesaria, perfectamente adecuada a los fines constitucionales de la pena y en la correcta aplicación de la legislación penitenciaria, habida cuenta que Barberá padece una enfermedad grave e incurable”, ha expresado el letrado en declaraciones recogidas por Europa Press.

La defensa de Barberá no interpuso recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional después de que el Tribunal Supremo confirmara su condena por malversación y prevaricación en el caso de los ERE, como sí hicieron otros altos cargos que sí han obtenido total o parcialmente el amparo por parte del alto tribunal y fueron excarcelados. “Es el propio penado el que consintió su actual situación”, indicaron los magistrados de la Audiencia de Sevilla en una resolución conocida el pasado 12 de julio.

Antes que Barberá —último de los encarcelados por los ERE que se mantenía hasta la fecha en prisión—, fueron puestos en libertad el exconsejero de Empleo Antonio Fernández y el exviceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez Román, cuyas condenas por malversación fueran anuladas parcialmente por el Tribunal Constitucional el pasado 3 de julio y tras haber solicitado el amparo al tribunal de garantías. Barberá ejercía como segundo en el escalafón de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía cuando la dirigía Antonio Fernández, entre 2004 y 2010. Su firma consta en numerosas órdenes de pago sobre las ayudas de los ERE dirigidas a IDEA. La sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla de 2019 le consideró culpable por “su participación directa en la disposición de los fondos y permitir que el director general de Trabajo [Javier Guerrero, primero, y Juan Márquez, después] dispusiera” de ellos, y le condenó a siete años y un día de cárcel y a 18 años de inhabilitación. El Tribunal Supremo ratificó el fallo.

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