El jurado considera culpable al cuidador que asesinó a un anciano en Logroño en busca de su herencia
El veredicto determina por unanimidad que el acusado, de 46 años, envenenó con líquido desatascador a su víctima, que “no pudo hacer nada para defenderse”
El jurado popular ha declarado culpable a A.V.M., 46 años, por el asesinato de un anciano, de 82 años, en Logroño. La víctima había declarado al condenado como único heredero de sus bienes a cambio de que lo cuidase hasta su muerte. El suceso se remonta al 4 de agosto de 2020 en la capital de La Rioja, cuando el cuidador suministró a la víctima “una cantidad suficiente del medicamento Noctamid” para “provocarle somnolencia y un estado de letargo que le impidiera su defensa”, según se recoge en el escrito del fiscal. A continuación, siguiendo este relato, “le hizo ingerir un desatascador profes...
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El jurado popular ha declarado culpable a A.V.M., 46 años, por el asesinato de un anciano, de 82 años, en Logroño. La víctima había declarado al condenado como único heredero de sus bienes a cambio de que lo cuidase hasta su muerte. El suceso se remonta al 4 de agosto de 2020 en la capital de La Rioja, cuando el cuidador suministró a la víctima “una cantidad suficiente del medicamento Noctamid” para “provocarle somnolencia y un estado de letargo que le impidiera su defensa”, según se recoge en el escrito del fiscal. A continuación, siguiendo este relato, “le hizo ingerir un desatascador profesional”, que contenía ácido sulfúrico.
La lectura del veredicto, adoptado por unanimidad en la Audiencia Provincial de La Rioja, no ha dejado lugar a dudas: “Culpable por haber causado la muerte intencionadamente a una víctima que no tuvo posibilidad de defenderse”. Ahora el juez deberá determinar la sentencia para el acusado, que se había declarado inocente en el juicio y que, junto a su defensa, aseguró que la víctima se había suicidado. El fiscal pide 23 años de cárcel por un delito de asesinato con alevosía, además de una indemnización de 300.000 euros para los herederos de la víctima y la nulidad de su último testamento.
Fuel propio cuidador quien llamó a los servicios de emergencias del 061 y el 112 —tal y como se constató durante las sesiones celebradas en el juzgado del 4 al 11 de marzo— para que acudieran al domicilio a atender al anciano, que fue trasladado de urgencia al Hospital San Pedro. Los profesionales sanitarios no pudieron hacer nada por salvar su vida en el centro hospitalario, donde murió al día siguiente, 5 de agosto.
“Tenía un plan premeditado”, ha asegurado el fiscal durante el juicio. “Primero logró ser el heredero y luego heredar cuanto antes y no hay datos concluyentes que apunten a un suicidio”, ha sostenido contra la tesis de la defensa y el propio cuidador de que la víctima se quitó la vida. “No lo maté ni le di desatascador”, ha declarado el acusado.
El veredicto del jurado dicta: “Se deduce que su intención era recompensar a la persona que iba a dedicar tiempo a sus cuidados”. Por este motivo, el fiscal también ha solicitado que se declara la nulidad del último testamento firmado por el anciano con fecha de 17 de julio de 2020, apenas 15 días antes de su muerte. En este documento la víctima deja constancia de la entrega de sus bienes a su cuidador a cambio de que asuma su cuidado hasta el día de su muerte. “Es el único que obtiene beneficio económico de su muerte”, se recoge en el veredicto del jurado popular, que califica de “violenta” la muerte.