La Audiencia de Sevilla requiere al expresidente de la Junta José Antonio Griñán que informe de cuándo termina su tratamiento de radioterapia
Los magistrados da 10 días para que entre en prisión al ex alto cargo de la Junta que había pedido la suspensión de su condena por los ERE
Los jueces han instado a la defensa del expresidente de la Junta, José Antonio Griñán —quien solicitó la suspensión de su entrada en prisión el pasado 23 de diciembre― que informe al tribunal del momento en que haya concluido su tratamiento de radioterapia para dirimir si, finalmente, cumple en prisión su condena de seis años de privación de libertad en la pieza política del caso de los ERE. Al tiempo, los magistrados han denegado l...
Los jueces han instado a la defensa del expresidente de la Junta, José Antonio Griñán —quien solicitó la suspensión de su entrada en prisión el pasado 23 de diciembre― que informe al tribunal del momento en que haya concluido su tratamiento de radioterapia para dirimir si, finalmente, cumple en prisión su condena de seis años de privación de libertad en la pieza política del caso de los ERE. Al tiempo, los magistrados han denegado la petición de Agustín Barberá, exviceconsejero de Empleo de la Junta de Andalucía y condenado a siete años de cárcel por malversación en la misma cuasa, fue el primero de los ocho antiguos altos cargos de la Administración autónoma que solicitó la suspensión de la ejecución de su pena por motivos de salud antes de que la Audiencia Provincial de Sevilla, ordenara el pasado 22 de diciembre ordenara el ingreso en prisión de todos los sentenciados. Barberá tiene 10 días para que elija el centro penitenciario en el que cumplir el castigo.
La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha emitido una providencia, también fechada este jueves, en la que solicita a la defensa de Griñán que comunique al tribunal que el exdirigente socialista ha concluido sus sesiones de radioterapia. El 21 de marzo, los jueces requerían al antiguo presiente andaluz que remitiese el informe médico relativo a su estado de salud, tal y como habían pedido la Fiscalía y la acusación particular, ejercida por el PP, para poder pronunciarse sobre su ingreso en prisión, después de que la Audiencia decidiera aplazar su ingreso en tanto concluía su tratamiento contra el cáncer de próstata que padece.
La misma sala argumenta que, aunque Barberá “padece una enfermedad grave e incurable”, a la vista del tratamiento médico remitido por su defensa y del informe del centro penitenciario, “su tratamiento puede ser dispensado en dicho centro, con las revisiones hospitalarias a que deba ser sometido”. De acuerdo con las conclusiones médicas recogidas en el auto, el exviceconsejero toma una medicación diaria por vía oral y precisa de revisiones trimestrales en el Hospital Puerta del Mar de Cádiz y semestrales, en el Virgen del Rocío, de Sevilla. “Un eventual ingreso en prisión no debería tener incidencia en la administración del tratamiento”, indican los jueces.
Griñán informó de que le había sobrevenido esta enfermedad un día después de que la Audiencia concediera 10 días a los ocho ex altos cargos de la Junta para entrar en prisión para cumplir sus condenas respectivas por la gestión fraudulenta de las ayudas públicas de los ERE, una medida que solo suspendió para Barberá, en tanto se conocía su informe médico. Como aquel, el expresidente andaluz se acogió al artículo 80. Del Código Penal que concede a los jueces el beneficio discrecional de suspender la ejecución de la condena cuando el pensado “se encuentra aquejado de una enfermedad muy grave con padecimientos incurables”. Entonces la médico forense desaconsejó el ingreso en un centro penitenciario de Griñán y el tribunal, siguiendo también el parecer del Ministerio Público y el PP, dictaminó aplazar la decisión hasta que terminara el tratamiento, 23 sesiones diarias de radioterapia en el Virgen del Rocío. La defensa ha remitido al tribunal un escrito en el que confirma que esas sesiones no han concluido todavía.