El Tribunal Superior andaluz suspende una de las ‘convocatorias exprés’ de la Junta

Los jueces censuran que contratar por orden de llegada contraviene los principios constitucionales de mérito y capacidad

El consejero andaluz de Presidencia, Elías Bendodo, en una reciente comparecencia.PACO PUENTES (EL PAÍS)

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha suspendido una de las 32 convocatorias exprés de la Junta (PP y Ciudadanos) para cubrir casi 3.487 puestos el pasado verano, al incumplir los principios de mérito y capacidad por otorgar las plazas por orden de llegada. “Contraría de manera radical no solo la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, sino el propio tenor literal de la Constitución”, censuran en un auto ...

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha suspendido una de las 32 convocatorias exprés de la Junta (PP y Ciudadanos) para cubrir casi 3.487 puestos el pasado verano, al incumplir los principios de mérito y capacidad por otorgar las plazas por orden de llegada. “Contraría de manera radical no solo la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, sino el propio tenor literal de la Constitución”, censuran en un auto los jueces, que dejan en el aire la convocatoria pública de septiembre para cubrir 278 plazas de administrativo, y considera “clara y manifiesta” la nulidad de la convocatoria.

Tras un primer aval desde la Fiscalía Superior andaluza, esta resolución es el primer dictamen contrario de la justicia sobre la convocatoria masiva de la Junta, logradas por los aspirantes más prestos en mandar un correo electrónico con los méritos exigidos. Los jueces, que exigen a la Junta revertir la convocatoria en otra resolución paralela, expresan su perplejidad: “Nos llama poderosamente la atención que en la convocatoria para la selección de aspirantes a nombramiento como personal funcionario interino, asimilado al Cuerpo General de Administrativos (C1.1000), para trabajar presencialmente, no haya más mérito y criterio de selección que tener la fortuna de que la solicitud tenga entrada antes de que se adjudiquen las plazas que se ofertan”, refleja el auto, avanzado este domingo por eldiario.es.

El Ejecutivo andaluz empleó este procedimiento exprés para la selección del personal funcionario interino y laboral temporal necesario ante “la emergencia de salud pública” ocasionada por la pandemia del coronavirus, en una resolución del pasado 14 de abril. El sindicato CC OO recurrió diversas convocatorias al igual que el PSOE por vulnerar derechos de los aspirantes, entre los que la Junta excluyó a las embarazadas, en periodo de lactancia, personas con ciertas enfermedades y mayores de 60 años. Ahora la Sala Contencioso-Administrativo del TSJA da la razón a CC OO en una resolución que admite recurso de casación ante el Supremo.

Los magistrados no entran en el fondo del asunto y evitan anular la convocatoria, ya que solo la suspenden mediante un auto de medidas cautelares para frenar las 278 plazas cuyo contrato debía finalizar a final de año. Para estas 278 plazas se presentaron 140.000 solicitudes en 24 horas según CC OO, pero solo las 278 recibidas en los primeros minutos lograron plaza.

La Consejería de Presidencia y Administración Pública basó la celeridad del proceso en la coyuntura excepcional de la pandemia, pero el TSJA estima que “la emergencia sanitaria” no justifica incumplir principios constitucionales: “Se puede y debe agilizar el procedimiento de nombramiento o contratación, posponiendo determinados trámites en esta situación extraordinaria y excepcional, pero no llegando al extremo de prescindir de los principios de mérito y capacidad, constitucionalmente consagrados”.

Para el sindicato CC OO, el auto pone orden tras perjudicar a ciertos colectivos: “Lo importante es que no hablamos de puestos necesitados de extrema urgencia, y discrimina a determinados colectivos, va con los principios de mérito y capacidad de la Constitución, y sobre todo no tiene cobertura normativa porque los decretos que arguye la Junta ya no están vigentes porque decayeron con el Estado de alarma”, afirman fuentes del gabinete técnico del sindicato. Mientras, el Gobierno andaluz defiende la legalidad de la convocatoria a pesar de la anulación judicial: “La Junta de Andalucía reitera que el proceso de contratación de emergencia de personal funcionario interino y personal laboral temporal es plenamente legal (…) El procedimiento va a cambiar debido a que la situación de pandemia se ha prolongado en el tiempo más de lo esperado”.

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