El jurado popular declara culpable a la ‘viuda negra’ de Alicante por el asesinato del hombre con quien acababa de casarse

La decisión, por unanimidad, ha considerado probados los hechos narrados por la agente que presenció el crimen

La acusada Concepción Martín, durante el juicio en Alicante.Pep Morell (EFE)

El jurado popular ha declarado culpable a Concepción Martín, Conchi, del asesinato del hombre con el que se acababa de casar. También ha considerado que su cuñado y cuidador, Francisco Pérez, fue quien le produjo más de veinte heridas en el cuerpo con un arma punzante, hasta causarle la muerte. La “falsa discapacitada”, según la define el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV)...

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El jurado popular ha declarado culpable a Concepción Martín, Conchi, del asesinato del hombre con el que se acababa de casar. También ha considerado que su cuñado y cuidador, Francisco Pérez, fue quien le produjo más de veinte heridas en el cuerpo con un arma punzante, hasta causarle la muerte. La “falsa discapacitada”, según la define el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) pasa a ser, tras el dictamen unánime del jurado y definitivamente, la viuda negra de Alicante, apelativo con el que fue conocida desde su detención.

El jurado se ha decantado así por una de las dos versiones diametralmente opuestas que se vertieron durante el desarrollo del juicio. La primera, la de una agente de policía que presenció el crimen, quien señaló a Conchi y Francisco como autores materiales del asesinato. La segunda, la de los dos acusados, que apuntaron a un desconocido que huyó de la escena del crimen en cuanto ellos se acercaron. El jurado no ha tenido dudas y, tras una primera devolución del acta que ha alargado su lectura hasta las 12.50 de la madrugada, se ha pronunciado: el relato más verosímil es el de la testigo del crimen.

Los hechos tuvieron lugar el 22 de agosto de 2018 en una zona de acantilados de Alicante. El camionero jubilado José Luis Alonso, de 69 años, recibió más de una veintena de ataques con un arma punzante junto a su caravana. Falleció antes de que llegaran los servicios de emergencia. Una policía fuera de servicio presenció la agresión, acudió a socorrerle y colaboró en la detención de Conchi, con quien la víctima se había casado apenas unos días antes, y de Francisco, su cuñado y supuesto cuidador.

Con la declaración de la testigo en la mano, la investigación posterior se ciñó a averiguar cómo habían llegado los dos detenidos y la víctima al aparcamiento junto al mar. Conchi había quedado con su reciente marido, con el que se había casado el día 4 de ese mismo mes, en la autocaravana, para celebrar una cena romántica. Junto a ella estaba Francisco, quien la ayudaba a trasladarse en una silla de ruedas que la presunta asesina utilizaba intermitente. Según declaró en el juicio, a causa de una fibromialgia. Según contaba a quien la quisiera escuchar, por una paraplejia.

La policía estableció que en esa cita, Conchi sujetó a su marido mientras Francisco empuñaba el arma, posiblemente, un destornillador cuya empuñadura hallaron en su posesión. Por su parte, Conchi y Francisco acusaron, frente al tribunal, a un desconocido al que no pudieron reconocer. También insinuaron que el hijo mayor de la víctima podría estar implicado, ya que contaron que Alonso balbuceó antes de morir que su hijo “se la había clavado en el corazón”. Antes, tras su detención habían llegado a achacar el crimen a “dos negros”. Todos estos relatos, inverosímiles para el Fiscal, tampoco han resultado creíbles para los nueve integrantes del jurado.

Ahora, el magistrado que ha presidido el tribunal, José María Merlos, tendrá que imponer la pena correspondiente. Conchi y Francisco se enfrentan a 30 y 28 años de prisión por un delito de asesinato con las agravantes de ensañamiento, aprovechamiento de las circunstancias de lugar y tiempo y, en el caso de la mujer, la de parentesco, a petición del Fiscal. La acusación particular, que representa a uno de los tres hijos de la víctima, pide 31 años de cárcel para ambos, por el delito de asesinato con las agravantes de alevosía, ensañamiento, uso de disfraz, abuso de superioridad y aprovechamiento de las circunstancias del lugar, tiempo o auxilio de otras personas.

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