La CNMC incoa expediente a Repsol por restringir la competencia al no cambiar algunos contratos de gasolineras

La compañía asegura que ha cumplido las obligaciones impuestas por el organismo en 2009 y 2013

Cani Fernández, presidenta de la CNMC.
Madrid -

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha incoado expediente sancionador contra Repsol por posible incumplimiento de las obligaciones que el supervisor impuso a la empresa en 2009 y 2013. Estas obligaciones se referían a los contratos por los que la petrolera vende el combustible a empresarios independientes que operan estaciones de servicio con la bandera de la empresa.

Según publicó este martes el supervisor de competencia, Repsol, junto con Cepsa y BP, fueron sancionadas por concertación de preci...

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha incoado expediente sancionador contra Repsol por posible incumplimiento de las obligaciones que el supervisor impuso a la empresa en 2009 y 2013. Estas obligaciones se referían a los contratos por los que la petrolera vende el combustible a empresarios independientes que operan estaciones de servicio con la bandera de la empresa.

Según publicó este martes el supervisor de competencia, Repsol, junto con Cepsa y BP, fueron sancionadas por concertación de precios en la venta al público a empresarios independientes que operan bajo su bandera, lo que supone infringir la normativa española y europea de competencia al restringir la competencia entre las estaciones de servicio de su red y entre el resto de estaciones. Como consecuencia de estos expedientes, se instó a las tres empresas a tomar las medidas oportunas para que que el precio al que cedían o transferían el combustible a estas estaciones atendiese a criterios objetivos, como relacionarlo con ún índice, “de forma que no se desincentivara la realización de descuentos” por parte de las estaciones de servicio.

La CNMC explica que tanto Cepsa como BP tomaron medidas como modificar contratos y fijar los precios en referencia a un índice -el índice Platts, un estándar internacional de precios de las materias primas-. BP, además, dice la CNMC, decidió “dejar de comunicar precios máximos a los gestores de todas sus estaciones de servicio”. Cepsa ofreció también otras opciones de fijación de precios con criterios objetivos, para no desincentivar la aplicación de descuentos.

Sin embargo, sostiene la CNMC que Repsol implementó un nuevo modelo de contratación en 2016, “basado en la fijación directa de precios a las estaciones de servicio afectadas, bajo la presunción de que actúan como agentes o comisionistas puros”, un nuevo modelo que debía estar implantado en toda su red de estaciones de servicio para el 31 de diciembre de 2018. Sin embargo, a esa fecha seguían existiendo contratos sin modificar y a mediados de 2019 fue advertida de incumplimiento, sin que desde entonces haya propuesto nuevas opciones a los gestores de estaciones de servicios que no quisieran implementar el nuevo modelo.

Fuentes de la compañía señalaron que han cumplido con la resolución de 2009 y han dejado claro que la incoación del expediente, como resultado de la labor de vigilancia que el organismo hace del cumplimiento de sus expedientes, no representa una sanción en firme. De hecho, la propia CNMC recuerda que ahora se abre un periodo de tres meses para la instrucción del expediente y su resolución.

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