La CNMC retrasa la entrada en vigor de las circulares de los peajes energéticos
La fecha para los eléctricos pasa al 1 de abril de 2021 y los de gas al 1 de octubre de ese año
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha decidido retrasar la entrada de los peajes de transporte y distribución de electricidad al 1 de abril de 2021 y los de gas natural hasta el 1 de octubre del mismo año. Los peajes de regasificación asociados al uso de las instalaciones mantienen la entrada en vigor prevista para el 1 de octubre de 2020. Los peajes son la tasa que deben pagar las empresas por el uso de la red.
La decisión responde al impacto derivado de la cri...
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha decidido retrasar la entrada de los peajes de transporte y distribución de electricidad al 1 de abril de 2021 y los de gas natural hasta el 1 de octubre del mismo año. Los peajes de regasificación asociados al uso de las instalaciones mantienen la entrada en vigor prevista para el 1 de octubre de 2020. Los peajes son la tasa que deben pagar las empresas por el uso de la red.
La decisión responde al impacto derivado de la crisis sanitaria, así como que el conjunto de medidas dirigidas a garantizar la continuidad del suministro energético ha provocado un retraso en los trabajos que debían acometer las empresas distribuidoras y comercializadoras para adaptar los equipos de medida, los sistemas de facturación y los contratos a la estructura.
La CNMC ha acordado someter a consulta pública el proyecto de circular que modifica la del 15 de enero, por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad. En el caso del gas, la CNMC remite al Consejo de Estado la Circular que establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte, redes locales y regasificación de gas natural.
De esa manera, la modificación introducida tiene por objeto que las empresas distribuidoras y comercializadoras tengan más tiempo para la adaptación de los equipos, los sistemas informáticos y los contratos a la estructura de peajes. La CNMC considera que se da un plazo de tiempo suficiente para que, una vez superado el estado de emergencia, sea aprobado el Real Decreto por el que se establece la metodología de determinación.
En su Dictamen, el Consejo de Estado señaló la necesidad de realizar un segundo trámite de audiencia que se realizó entre el 12 de febrero y el 13 de abril. El motivo de esta nueva consulta fue que se había incorporado al proyecto de circular un descuento del 13,9% aplicable a los peajes de entrada a la red de transporte troncal desde las plantas de regasificación.
En este sentido, ACER (Agencia para la Cooperación de los Reguladores de la Energía de la Unión Europea) ha señalado en su informe que el descuento introducido cumple con los requerimientos del Reglamento, y en particular con los requisitos de los artículos 7 y 9.2. Además, ACER considera muy positiva la vinculación entre el descuento y la seguridad de suministro y la transparencia en el método de cálculo. Adicionalmente, el proyecto de circular incorpora las modificaciones que han sugerido durante el procedimiento de audiencia los agentes del mercado. En ese sentido, se mantiene la metodología sometida a trámite de audiencia para la asignación de los costes de redes locales. La salvedad es que en la asignación se mantiene el balance de flujos para todo el periodo regulatorio, con el objetivo de minimizar la variabilidad de los peajes de consumidores industriales.
Asimismo, se ha mejorado la redacción de las condiciones generales de aplicación y facturación de los peajes transporte, redes locales y regasificación y para guardar la coherencia con las Circulares de acceso y balance. El procedimiento de ubicación, reubicación y refacturación, en su caso, de los puntos de suministro se ha simplificado, la facturación por excesos de capacidad se ha sintetizado; se introduce una nueva disposición adicional con objeto de contemplar un peaje específico para la recarga de vehículos de gas natural, de forma simétrica al sector eléctrico y se prolonga el periodo transitorio.
Las modificaciones introducidas están encaminadas a maximizar la utilización del sistema gasista, aumentar la competitividad de las plantas de regasificación, tener en consideración la competitividad del sector industrial e incentivar la inyección de biometano y otros gases de origen renovable, así como la penetración del vehículo de gas, contribuyendo así a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y a la lucha contra el cambio climático, según la CNMC.