Las indemnizaciones por 'overbooking' aumentan y se extienden a retrasos y cancelaciones

Hasta 600 euros, además del reintegro del billete, comida y alojamiento, recibirán quienes se queden en tierra por culpa de la sobreventa de billetes

Las compañías aéreas de la UE deberán indemnizar más, y mejor, a los viajeros que a partir de mañana sean víctimas del overbooking, la práctica legal de sobreventa de billetes. El nuevo reglamento comunitario establece indemnizaciones de entre 250 y 600 euros y las extiende a los casos de cancelaciones o retrasos de vuelos.

La nueva normativa prevé que todos los pasajeros que no puedan embarcar en un vuelo para el que tuviesen billete por causa de la sobreventa de billetes tendrán derecho al reintegro del precio, a dinero para comida, bebida y telefonía, además de alojamiento si ...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

Las compañías aéreas de la UE deberán indemnizar más, y mejor, a los viajeros que a partir de mañana sean víctimas del overbooking, la práctica legal de sobreventa de billetes. El nuevo reglamento comunitario establece indemnizaciones de entre 250 y 600 euros y las extiende a los casos de cancelaciones o retrasos de vuelos.

La nueva normativa prevé que todos los pasajeros que no puedan embarcar en un vuelo para el que tuviesen billete por causa de la sobreventa de billetes tendrán derecho al reintegro del precio, a dinero para comida, bebida y telefonía, además de alojamiento si fuera necesario, siempre que la compañía no les ofrezca un trayecto alternativo de inmediato.

La nueva legislación empieza por extender los derechos de los pasajeros a los chárter, los viajes combinados y los vuelos domésticos. También quedan cubiertos los viajes desde un aeropuerto fuera de la UE hasta un destino europeo siempre que sean operados por compañías comunitarias.

La medida, que ya es habitual, tiene sin embargo la novedad de la cuantía de ulteriores compensaciones económicas, que se calibrarán en función de la distancia. Así, quienes no puedan embarcar para un trayecto inferior a los 1.500 kilómetros cobrarán 250 euros, mientras que si el trayecto fuese de entre 1.500 y 3.000 kilómetros, serán 400 euros los que cobre. Más allá de esa distancia, la cantidad será de 600 euros. Desde 1991 existe ya una normativa a este respecto pero establece unas compensaciones mucho menores: entre 150 y 300 euros y sólo para vuelos superiores a 3.500 kilómetros.

Sobre cancelaciones y retrasos

De especial relevancia es que las nueva reglas que entran en vigor mañana se ocupa también de los pasajeros cuyos vuelos se cancelan. Cuando el motivo de la anulación depende de la compañía, los viajeros deben ser compensados con los mismos criterios que aquellos afectados por denegación de embarque (250, 400 y 600 euros, dependiendo de la distancia), a no ser que la aerolínea haya avisado con al menos 15 días de antelación o haya proporcionado vuelos alternativos con horarios parecidos a los del vuelo anulado. Si la cancelación, cualquiera que sea la causa, retrasa al pasajero cinco horas o más, el afectado también tiene derecho a que se le devuelva el precio del billete o se le proponga un vuelo alternativo. La compañía debe proporcionar también comida y refrescos, y hacerse cargo del hotel si el pasajero debe permanecer una noche extra.

En lo que se refiere a los retrasos, que tampoco están cubiertos en la actualidad, la nueva legislación establece que si superan las 2 horas (para los vuelos de menos de 1.500 kilómetros), las tres horas (entre 1.500 y 3.500), o las 4 horas (para viajes de más de 3.500 kilómetros), el transportista deberá hacerse cargo gratuitamente de comida, refrescos y de las noches de hotel extra. Si el retraso supera las 5 horas, los pasajeros tienen derecho a que se les devuelva el importe del billete.

Sin aprobación de los Estados

Dado que la normativa toma la forma de reglamento, su entrada en vigor tiene efectos inmediatos, sin necesidad de que los Estados miembros lleven a cabo acción legislativa alguna. Su ámbito de aplicación sin embargo se restringe a trayectos con destino en la UE y siempre que la compañía tenga sede en la UE.

Según la Federación de Consumidores en Acción (Facua), "aunque la nueva normativa es un avance, no reducirá el número de gente que se queda en tierra porque no asusta lo suficiente a las compañías aéreas". Según Facua, 250.000 personas se ven afectadas por el overbooking en Europa cada año.

Pasajeros en los mostradores de facturación del aeropuerto milanés de Malpensa.ASSOCIATED PRESS