El Supremo ratifica la pena al presidente de la AUME por manifestarse

La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha ratificado la sanción de un mes y 10 días de arresto en establecimiento militar al presidente de la Asociación Unificada de Militares Españoles (AUME), el brigada del Ejército de Tierra Jorge Bravo, por asistir a la manifestación de guardias civiles del 20 de enero de 2007 en Madrid, haciendo uso de su condición de militar.

Bravo fue sancionado por asistir a la protesta, convocada por la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC), en la que manifestó el apoyo a los concentrados. Aunque no vestía uniforme, estuvo en la tribuna de oradore...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha ratificado la sanción de un mes y 10 días de arresto en establecimiento militar al presidente de la Asociación Unificada de Militares Españoles (AUME), el brigada del Ejército de Tierra Jorge Bravo, por asistir a la manifestación de guardias civiles del 20 de enero de 2007 en Madrid, haciendo uso de su condición de militar.

Bravo fue sancionado por asistir a la protesta, convocada por la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC), en la que manifestó el apoyo a los concentrados. Aunque no vestía uniforme, estuvo en la tribuna de oradores y respaldó la lucha de los guardias civiles por sus derechos.

La sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Clara Martínez de Careaga, rechaza que se haya vulnerado la presunción de inocencia de Bravo porque "su condición de militar se deduce de su intervención actuando expresamente como representante de AUME, invocando su pertenencia a la misma en calidad de presidente y su consecuente condición de militar".

Respecto al alegato de que su intervención se encuadró en el derecho constitucional a la libertad de expresión y asociación, la sentencia explica que dichos derechos están restringidos para mantener la neutralidad política de los militares.

Tras conocer la sentencia, AUME anunció que presentará un recuro de nulidad de actuaciones ante el Supremo, y en caso de no ser estimado acudirá en amparo ante el Tribunal Constitucional.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO