Absuelto el ex alcalde de O Porriño juzgado por acoso sexual

El Juzgado de lo Penal número 3 de Pontevedra ha absuelto al ex alcalde de O Porriño José Manuel Barros, del PP, para quien la fiscalía pedía dos años de prisión al considerar que acosó sexualmente y causó lesiones psíquicas a quien fuera durante años su secretaria, Isabel Penedo, así como de prevaricar para perjudicarla y de atentar contra su integridad moral. La magistrada Julia Monteagudo desechó las acusaciones de la Fiscalía y de la acusación particular, que entiende imprecisas.

Penedo recurrirá la sentencia, que llega tras un proceso accidentado: el sumario del caso fue robado la ...

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El Juzgado de lo Penal número 3 de Pontevedra ha absuelto al ex alcalde de O Porriño José Manuel Barros, del PP, para quien la fiscalía pedía dos años de prisión al considerar que acosó sexualmente y causó lesiones psíquicas a quien fuera durante años su secretaria, Isabel Penedo, así como de prevaricar para perjudicarla y de atentar contra su integridad moral. La magistrada Julia Monteagudo desechó las acusaciones de la Fiscalía y de la acusación particular, que entiende imprecisas.

Penedo recurrirá la sentencia, que llega tras un proceso accidentado: el sumario del caso fue robado la víspera de la primera fecha fijada para el juicio, en 2009. La sentencia viene con fecha de 12 de enero, el mismo día en que terminó el juicio contra el ex alcalde de O Porriño.Las críticas de la magistrada a los argumentos de la acusación son patentes desde la primera frase de la resolución, cuando asegura que trata en su razonamiento de "seguir una cierta sistemática de la que adolecen los escritos de acusación". A partir de ahí, descarta todos los delitos imputados. Penedo declaró en el juicio que el acoso sexual comenzó desde que Barros accedió a la alcaldía, en 1982. Como hasta 1995 el delito no estaba tipificado, la juez rechaza enjuiciar los hechos hasta entonces. A partir de ese año, entiende que las acusaciones son indeterminadas.

Tampoco entiende la magistrada que Barros prevaricase en los cambios de destino a los que abocó a su secretaria, primero en la cuarta planta del ayuntamiento y después en un centro externo a medio construir. "Si bien probablemente [las condiciones] no eran las más adecuadas para desempeñar un trabajo de oficina, lo cierto es que no por ello se puede calificar la resolución en la que se acuerda el traslado a dichas dependencias como arbitraria y dictada por el acusado a sabiendas de su injusticia", razona. Dos de estos decretos fueron declarados ilegales por un juez de lo contencioso-administrativo. La magistrada lo admite pero apunta que "la ilegalidad administrativa no es equiparable a la prevaricación".

Respecto a las lesiones psíquicas y el daño moral, la magistrada considera que estas solo cabría perseguirlas a través de la responsabilidad civil subsidiaria del acoso sexual y no como delitos separados. "A la vista del relato de hechos (...) no se contempla ninguna acción agresiva y dirigida de forma directa, intencional y dolosa a menoscabar la salud psíquica de la querellante. Llama la atención que ni siquiera se describen en el escrito de la acusación particular en qué consistieron las lesiones". Monteagudo no se refiere a la declaración de la perito judicial, favorable a la tesis de la ex secretaria de Barros.

La acusación, indignada

Penedo aseguró ayer que recurrirá el fallo ante la Audiencia Provincial. "Llegaré hasta donde haga falta", afirmó tras recordar las vicisitudes del proceso: al robo del sumario se le añadió el vaivén de jueces de instrucción, hasta siete, que alargaron la investigación desde su denuncia en 2002. Su abogado se mostró ayer indignado ante la sentencia: "Me ha sorprendido su absoluta falta de rigor. No menciona siquiera a los peritos, hace como si nunca hubiesen existido cuando en el juicio fueron una parte fundamental".

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