La ex mujer de Fabra pregunta si su fraude fiscal también ha prescrito

El auto de la sección segunda de la Audiencia de Castellón no argumentó su decisión de dictar como prescritos los cuatro delitos fiscales de los que se acusaba a María Amparo Fernández, la ex esposa del presidente de la Diputación, Carlos Fabra. Al menos así lo entiende el letrado que defiende tanto a Fabra como a Fernández que ha pedido a la sala que aclare si los argumentos jurídicos para dictar la caducidad de los presuntos delitos son los mismos para los dos y se extienden no sólo entre 2000 y 2003, sino también para el año 99, en el caso de Fernández.

La Audiencia provincial de Cas...

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El auto de la sección segunda de la Audiencia de Castellón no argumentó su decisión de dictar como prescritos los cuatro delitos fiscales de los que se acusaba a María Amparo Fernández, la ex esposa del presidente de la Diputación, Carlos Fabra. Al menos así lo entiende el letrado que defiende tanto a Fabra como a Fernández que ha pedido a la sala que aclare si los argumentos jurídicos para dictar la caducidad de los presuntos delitos son los mismos para los dos y se extienden no sólo entre 2000 y 2003, sino también para el año 99, en el caso de Fernández.

La Audiencia provincial de Castellón dictó en diciembre un auto por el que declaraba prescritos los cinco delitos fiscales de los que se acusaba a Fabra. La sala entendió que el encargo del informe pericial que cotejara sus cuentas y patrimonio no era un acto jurídico suficiente para paralizar el plazo de prescripción de estos delitos, que es de cinco años.

"Tal petición de prueba (que aceptó la misma sala) no generó ni se tuvo nunca como una ampliación de denuncia o de querella de los anteriores "hechos objeto de denuncia", sino para investigar los mismos", indica el auto. Y argumenta que las imputaciones no se extendieron más allá de la denuncia presentada por la Agencia Tributaria contra Fabra por un presunto fraude fiscal cometido en 1999.

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