La Fiscalía recurre el archivo parcial de Terra Mítica para seguir con el delito fiscal

La Fiscalía de Valencia rechaza el archivo parcial del caso Terra Mítica e insiste en que se investigue el delito fiscal que dio origen a la causa y que el juez instructor da por prescrito. Así lo ha hecho constar en el recurso que ha presentado.

El titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Valencia dictó el pasado día 7 un auto por el que consideraba nulas todas las diligencias practicadas desde que la Agencia Tributaria presentó denuncia a la Fiscalía por un supuesto delito fiscal cometido por una trama que usó facturas falsas para defraudar 4,4 millones de euros en relaci...

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La Fiscalía de Valencia rechaza el archivo parcial del caso Terra Mítica e insiste en que se investigue el delito fiscal que dio origen a la causa y que el juez instructor da por prescrito. Así lo ha hecho constar en el recurso que ha presentado.

El titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Valencia dictó el pasado día 7 un auto por el que consideraba nulas todas las diligencias practicadas desde que la Agencia Tributaria presentó denuncia a la Fiscalía por un supuesto delito fiscal cometido por una trama que usó facturas falsas para defraudar 4,4 millones de euros en relación con las obras del parque temático de Benidorm. El juez explicó en el auto que, contra lo que había sostenido hasta ahora, estimaba los recursos presentados por varios de los imputados (casi una treintena de 17 empresas, entre ellas Terra Mítica). Esos recursos sostenían que la Agencia Tributaria había cometido un error que viciaba todo el procedimiento. Ese error se concreta en que Hacienda no les permitió alegar antes de presentar la denuncia. Entienden que el artículo 180.1 de la Ley General Tributaria (LGT) obliga a ello. Ese punto ha sido objeto de debate, supuso una primera nulidad que se subsanó y al respecto se pronunció el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) en vía contencioso-administrativa tanto afirmativamente como negativamente.

La Fiscalía considera que ese no es el debate y que, en caso de que lo fuera, el Tribunal Supremo ha dejado claro que la incidencia de la vía contencioso-administrativa en la penal es ninguna.

El ministerio público solicita al juez instructor que dicte un nuevo auto en el que se establezca que no existe tal nulidad, "no procediendo, en consecuencia, devolver a la Agencia Estatal Tributaria la totalidad del expediente administrativo que generó el proceso penal".

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