Condena a TVG por discriminar ideológicamente a un cámara

El trabajador fue relevado de seguir al presidente de la Xunta

El 18 de junio de 2009, la dirección de Televisión de Galicia comunicó al cámara Santiago García González que cesaba "en su tarea consistente en la cobertura del presidente de la Xunta". La decisión, además, conllevaba la supresión de los complementos salariales del puesto, 700 euros mensuales. Pero el trabajador, fijo de la compañía con categoría de reportero gráfico y afiliado a Comisións Obreiras, demandó un mes y medio más tarde a CRTVG por "la modificación sustancial de condiciones de trabajo". La juez María Paz Filgueira, titular del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago, ha dado la ...

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El 18 de junio de 2009, la dirección de Televisión de Galicia comunicó al cámara Santiago García González que cesaba "en su tarea consistente en la cobertura del presidente de la Xunta". La decisión, además, conllevaba la supresión de los complementos salariales del puesto, 700 euros mensuales. Pero el trabajador, fijo de la compañía con categoría de reportero gráfico y afiliado a Comisións Obreiras, demandó un mes y medio más tarde a CRTVG por "la modificación sustancial de condiciones de trabajo". La juez María Paz Filgueira, titular del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago, ha dado la razón a García González en una sentencia datada el 15 de octubre y en la que atribuye a "motivos de ideología" la medida adoptada por la directora del canal público.

La sentencia obliga a restituir al reportero en su puesto y sueldo

El texto judicial recuerda que un cámara, según las categorías laborales de la televisión gallega, "no decide el contenido de la informaciones". "Resulta evidente que resultaba molesto tener al actor [por el cámara Santiago García", escribe Paz Filgueira, "no sólo por su posición sindical [...] sino por motivos de ideología (a lo mejor no compartidos) [...] por lo que la modificación resulta nula por ser atentatoria contra la libertad sindical y contra la libertad ideológica". La sentencia concluye con la anulación de "la modificación sustancial de las condiciones de trabajo" y obliga a la empresa pública a restituir a García González en su anterior puesto laboral y económicamente. La magistrada además considera un hecho probado que en la empresa demandada los trabajadores que abandonan un puesto recompensado con un plus o complemento salarial no dejan de percibirlo cuando se les cambia de funciones.

Las conclusiones de la juez, basadas en dos precedentes del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (2000) y del Superior de Castilla-La Mancha (1996), también mencionan que el otro reportero gráfico encargado de acompañar al presidente de la Xunta continúa haciéndolo, "lo que resulta indicativo de que el actor [por Santiago García] fue removido por especial motivo". A la petición de explicaciones del afectado, relata la sentencia, la directora de TVG, Rosa Vilas, respondió únicamente: "A éste no lo quiero".

Santiago García González presta servicios en la Televisión de Galicia desde mayo de 1986 y durante los últimos tres años se encargó de una de las dos cámaras en el equipo especial de seguimiento al jefe del Ejecutivo gallego, primero durante el mandato de Emilio Pérez Touriño y luego, fugazamente, durante el de Feijóo.

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