Una ley que excluye a la tropa ampara a los mandos que sufran el 'síndrome de los Balcanes'

Los mandos del Ejército español que pudieran verse afectados por el llamado síndrome de los Balcanes se beneficiarán de una modificación de la Ley de Clases Pasivas del Estado, vigente desde el pasado 1 de enero, en la que se fija que se presumirá como producidos en acto de servicio, 'salvo prueba en contrario', el fallecimiento o la incapacidad 'en el lugar y tiempo de trabajo'. Esta medida no ampara, sin embargo, a los soldados.

Así, tendrían derecho a recibir indemnizaciones, en el caso de que llegaran a fijarse, los militares que tengan la consideración de 'funcionarios', que...

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Los mandos del Ejército español que pudieran verse afectados por el llamado síndrome de los Balcanes se beneficiarán de una modificación de la Ley de Clases Pasivas del Estado, vigente desde el pasado 1 de enero, en la que se fija que se presumirá como producidos en acto de servicio, 'salvo prueba en contrario', el fallecimiento o la incapacidad 'en el lugar y tiempo de trabajo'. Esta medida no ampara, sin embargo, a los soldados.

Así, tendrían derecho a recibir indemnizaciones, en el caso de que llegaran a fijarse, los militares que tengan la consideración de 'funcionarios', que son los oficiales y suboficiales de carrera. No tienen esta consideración los soldados y marineros de reemplazo y profesionales. Podría suceder, pues, que un mando y un soldado con la misma lesión o enfermedad reciban un tratamiento distinto desde el punto de vista legal.