El Constitucional admite el recurso de Extremadura contra los Presupuestos

El Tribunal Constitucional admitió a trámite el 14 de marzo último el recurso de inconstitucionalidad de la Junta de Extremadura contra los Presupuestos Generales del Estado para el año 2000 por estimar que los porcentajes de participación de las comunidades en los ingresos estatales conculcan los principios de solidaridad, igualdad y autonomía financiera. El Gobierno extremeño, presidido por el socialista Juan Carlos Rodríguez Ibarra, pide que este recurso se acumule a los ya interpuestos contra otras leyes derivadas del nuevo sistema de financiación autonómica aprobado en 1996 para el quinqu...

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El Tribunal Constitucional admitió a trámite el 14 de marzo último el recurso de inconstitucionalidad de la Junta de Extremadura contra los Presupuestos Generales del Estado para el año 2000 por estimar que los porcentajes de participación de las comunidades en los ingresos estatales conculcan los principios de solidaridad, igualdad y autonomía financiera. El Gobierno extremeño, presidido por el socialista Juan Carlos Rodríguez Ibarra, pide que este recurso se acumule a los ya interpuestos contra otras leyes derivadas del nuevo sistema de financiación autonómica aprobado en 1996 para el quinquenio 1997-2001.La Junta impugna los artículos 87 a 90 de la Ley de Presupuestos Generales del 2000, por los que se aprueban los porcentajes de participación de las comunidades en los ingresos del Estado, aplicables el 1 de enero de 2000, así como la distribución entre las comunidades autónomas del crédito consignado en los Presupuestos Generales para 1999.

Los preceptos impugnados afectan tanto a las comunidades que aceptaron el modelo de financiación acordado por el Consejo de Política Fiscal y Financiera en septiembre de 1996 como a las que no se acogieron a ese sistema, según Europa Press. Entre estas últimas figuran las de Extremadura, Andalucía y Castilla-La Mancha, gobernadas todas ellas por el PSOE.

Los indicados artículos de la Ley de Presupuestos regulan los créditos presupuestarios destinados a la financiación de las comunidades autónomas, correspondientes al 98% de entregas a cuenta de su participación en los ingresos del Estado, y contemplan también la liquidación definitiva de los ejercicios anteriores.

La Junta de Extremadura ya había presentado con anterioridad varios recursos de inconstitucionalidad, admitidos a trámite por el Tribunal Constitucional, contra otras normas derivadas del acuerdo sobre el nuevo modelo de financiación autonómica, entre ellas la ley orgánica que modificó la Ley de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA), las leyes de Presupuestos del Estado de los tres años anteriores, la ley de cesión de tributos a las comunidades autónomas y el decreto-ley por el que se aprobaron los porcentajes de participación de las comunidades autónomas en los ingresos del Estado.

Acumulación

En el nuevo recurso de inconstitucionalidad, la Junta de Extremadura solicita al Tribunal Constitucional su acumulación con los anteriores, dada su clara conexión. Precisamente, uno de los argumentos del recurso del Gobierno extremeño es que la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2000 mantiene los mismos criterios de financiación ya impugnados anteriormente y es un producto más de los acuerdos de los que se derivaron las otras normas legales recurridas.

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La resolución por la que se admite a trámite el recurso no se pronuncia sobre la acumulación solicitada ni sobre la petición de que se recaben de las Cortes los datos definitivos de financiación que han de percibir las comunidades, hayan aceptado o no el nuevo modelo, para valorar los efectos de éste.