Antena 3 TV, condenada por atentar al honor de dos niñas

Una juez de Alcobendas ha condenado a Pedro Costa, a Rosa María Mateo y a Antena 3 TV a pagar 16 millones de pesetas a dos niñas por atentar contra su honor, al "poner de manifiesto sus miserias, sus precarias condiciones de vida y los aspectos más íntimos de la misma", para lo cual utilizó su imagen en la pantalla.La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe y que es la primera por intromisión al honor de un menor, condena a los tres al pago de esta indemnización, de forma solidaria, al ser el director y la presentadora de Al filo de la noticia, programa de esta cadena de televisión, el...

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Una juez de Alcobendas ha condenado a Pedro Costa, a Rosa María Mateo y a Antena 3 TV a pagar 16 millones de pesetas a dos niñas por atentar contra su honor, al "poner de manifiesto sus miserias, sus precarias condiciones de vida y los aspectos más íntimos de la misma", para lo cual utilizó su imagen en la pantalla.La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe y que es la primera por intromisión al honor de un menor, condena a los tres al pago de esta indemnización, de forma solidaria, al ser el director y la presentadora de Al filo de la noticia, programa de esta cadena de televisión, el que divulgó el reportaje de las menores.

La juez Julia María Bobillo Blanco recoge la petición de la Fiscalía de Menores de Madrid, que solicitó esta indemnización tras la emisión del reportaje el 20 de julio de 1993 en el que se narraba la fuga de casa de sus padres que las dos menores, que entonces tenían 11 y 14 años, habían protagonizado días antes.

Según la sentencia, el reportaje también relataba que las menores fueron localizadas por la policía y puestas a disposición de los agentes del Grupo de Menores, a los que dijeron que se habían fugado por ser víctimas de agresiones sexuales y mal trato por parte de sus familiares.

En el reportaje fueron difundidas las fotografías de ambas sin el consentimiento de la familia ni del ministerio fiscal, organismo encargado de velar por la protección de los menores y que debe permitir la emisión de sus imágenes. La sentencia obliga a Antena 3 TV a difundirla en un programa de relevancia igual o semejante del programa en el que se produjo la intromisión ilegítima, y por un profesional de la categoría de Rosa María Mateo.

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