La Coordinadora de Barrios se encarga de la reeducación de un menor condenado a prisión

Un joven de 17 años, condenado a dos años de prisión menor por un delito de robo con lesiones, ha sido puesto en libertad, y, en sustitución de la pena, el menor ha sido entregado a Enrique de Castro, como coordinador del Grupo de Barrio de Menores y Jóvenes, para que se encargue de su reeducación y reinserción. La sentencia fue dictada el pasado 5 de junio por Carlos Buerán, titular del Juzgado de Instrucción número 27 de Madrid. El joven trabaja ahora con su padre en la venta ambulante.

La coordinadora del Grupo de Barrio de Menores y Jóvenes es un organismo, integrado por particulare...

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Un joven de 17 años, condenado a dos años de prisión menor por un delito de robo con lesiones, ha sido puesto en libertad, y, en sustitución de la pena, el menor ha sido entregado a Enrique de Castro, como coordinador del Grupo de Barrio de Menores y Jóvenes, para que se encargue de su reeducación y reinserción. La sentencia fue dictada el pasado 5 de junio por Carlos Buerán, titular del Juzgado de Instrucción número 27 de Madrid. El joven trabaja ahora con su padre en la venta ambulante.

La coordinadora del Grupo de Barrio de Menores y Jóvenes es un organismo, integrado por particulares, que se dedica a la rehabilitación y ayuda de jóvenes delincuentes.El texto de la sentencia indica que "una persona con 17 años, unido en relación no estable con una mujer de la que tiene dos hijos, hermano de una familia que tiene hasta 10 hijos y que habitan todos en una casa con dos habitaciones, sin educación siquiera básica y con ingresos insuficientes, reúne cuantos requisitos deben exigirse para que se le ofrezca la posibilidad de su rehabilitación fuera del establecimiento penitenciaro en que se encuentra".

El chico, cuyo nombre corresponde a las iniciales E. S. J. M., estaba internado en la prisión de jóvenes de Carabanchel. Ahora, tras su puesta en libertad, ayuda a su padre, dedicado a la venta ambulante por la provincia de Madrid.

Primer delito

Los fundamentos jurídicos de la sentencia recogen que el artículo 65 del Código Pena¡ prevé la posibilidad de sustituir la pena impuesta, cuando de un menor de 18 años se trate, por su internamiento en un centro especial de reforma. "Nuestro ordenamiento constitucional", según el texto de la sentencia dictada el pasado jueves, "previene que la pena impuesta en virtud de una sentencia condenatoria del orden criminal está fundamentalmente orientada a lograr la reeducación y reinserción social del reo"."El control y vigilancia orientada a la reeducación", continúa la sentencia, "puede ser ejercido por quienes hayan demostrado por su práctica y formación tener cualidades suficientes, no teniendo por qué quedar circuscrito el término 'institución' que el precepto indica a organismos dependientes del Estado".

E. S. J. M., que delinquía por primera vez, se encuentra en libertad bajo la dependencia de Enrique de Castro, para garantizar "su asistencia, reeducación y rehabilitación".

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Por otra parte, Enrique de Castro aseguró ayer que antes de responder de forma afirmativa al juzgado en relación con el joven citado le visitó en la cárcel de menores y que su impresión fue muy favorable; "motivo por el que decidí" dijo, "aceptar la labor de reeducación".

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