La Liga Profesional de fútbol controlará, auditará y fiscalizará los presupuestos de cada club

El proyecto de estatutos de la Liga Profesional de Fútbol, que deben ser aprobados por los clubes, obliga a cada club a aportar todos sus datos económicos, estar al corriente de los pagos a jugadores, técnicos, otros clubes y entidades oficiales, y a garantizar el déficit bajo pena de exclusión. El control económico de los clubes es la máxima obsesión del Comité de Fútbol Profesional, que controlará, fiscalizará y auditará las cuentas de los clubes. Este control, autoimpuesto principalmente por el Comité, justifica, por otro lado, la participación de los clubes en los ingresos de las quinielas...

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El proyecto de estatutos de la Liga Profesional de Fútbol, que deben ser aprobados por los clubes, obliga a cada club a aportar todos sus datos económicos, estar al corriente de los pagos a jugadores, técnicos, otros clubes y entidades oficiales, y a garantizar el déficit bajo pena de exclusión. El control económico de los clubes es la máxima obsesión del Comité de Fútbol Profesional, que controlará, fiscalizará y auditará las cuentas de los clubes. Este control, autoimpuesto principalmente por el Comité, justifica, por otro lado, la participación de los clubes en los ingresos de las quinielas para reconvertir sus economías e iniciar una nueva etapa desde el punto cero de las mismas. De todos modos, este control económico no implica ni afecta bajo concepto alguno expreso a los propios dirigentes de los clubes, como pretendía el CSD.

El control parte de la cesión a la Liga Nacional de Fútbol Profesional de la representación y gestión exclusiva y excluyente de los intereses comunes a los asociados (clubes) frente a terceros en todos los órdenes jurídico económicos", como se establece en apartado A del articula 3 del proyecto de estatutos de la Liga profesional. Estos intereses jurídico-económicos, además, implican "la aceptación incondicional de cada club y serán representad ós, gestionados, conluidos, contratados o transigidos por la Liga Profesional, con capacidad de obligar respecto de sus asociados".De esta forma, los clubes care cen de toda capacidad de iniciativa propia, y, en este capítulo se entregan y dependen absoluta mente de las directrices del Comité sobre los ingresos comunes. Estos ingresos se refieren sobre todo a los derechos de televisión y radio, los que se consigan de patrocinadores y derechos de imagen de los clubes, así como de la participación de las quinielas, que habrán de ceder incondicionalmente a la Liga Profesional, como establece el artículo 28 del proyecto de estatutos, si un club quiere pertenecer a la misma.

La Liga Profesional abrirá una cuenta bancaria a cada club, independiente de las demás con que éste pueda contar, y exigirá "al final de cada ejercicio económico su saldo resultante acreedor o deudor". La Liga Profesional, además, entre sus fines, fiscalizará "los presupuestos anuales de cada club" y exigirá "la auditoría de su contabilidad, según estatuariamente se determine o acuerde en asamblea general o divisionarias, sugiriendo lo pertinente a fin de unificar criterios económicos de los asociados".

Si un club quiere participar en la Liga profesional, tiene la obligación de presentar estos documentos: Copia autorizada del balance, memoria y cuenta de resultados del ejercicio económico inmediatamente anterior al de su solicitud de ingreso, así como también copia autorizada del presupuesto de ingresos y gastos para la temporada en curso al soficitar su incorporación a la Liga, que en caso alguno presentará déficit.

Por otro lado, según el artículo 27 del proyecto de estatutos de la Liga profesional, "todo club deberá cumplir inexcusablemente", entre otras obligaciones, las de . estar al corriente en los pagos debidos a la federación y a sus jugadores y técnicos; remitir cuantos documentos le sean requeridos por la Liga para el control solidario exigible y saneamiento económico necesario; remisión de copia autorizada de la cuenta de resultados al finalizar cada temporada que deberá someterse a auditoría, bien por el propio club, bien por designación de la Liga".

Garantizar el déficit

El club también está obligado a la "remisión, para su visado y registro correspondiente, de cuantos contratos, compromisos, acuerdos u otra clase de documentos que suscriba con sus jugadores, técnicos y otros miembros; y, por último, remisión del presupuesto que haya de regir la temporada siguiente para el previo visado, anotación, acotación o sugerencia de la Liga, y que en caso alguno presentará déficit; no presentar. desviación deficitaria superior al 25% entre la cuenta de resultados de la temporada y el presupuesto previsto para la misma, salvo caso fortuito o fuerza mayor reconocida por la Liga".En este último caso, el club que no hubiere aumido las anotaciones, acotaciones o sugerencias que sobre el presupuesto remitido le hubiere hecho la Liga nacional, y al finalizar la temporada presentase su cuenta de resultados desviación deficitaria mayor del 25% de la presupuestada, deberá garantizar inmediatamente en la forma y cuantía que determine el Comité Ejecutivo, el déficit producido bajo pena de exclusión automática de la Liga nacional.

Al mismo tiempo, la Liga Profesional deducirá a los clubes, de los ingresos que como asociado le pueda corresponder, "las sanciones económicas que se le hubieren impuesto por cualquier incumplimiento previsto con tal medida, las cantidades necesarias para pagar las deudas de sus jugadores y entrenadores y técnicos. El remanente, una vez efectuadas las deducciones citadas, será entregado al club.

La primera disposición transitoria del proyecto de estatutos de la Liga Profesional establece que la los efectos de mejor conocimiento y funcionamiento de la Liga, todos los clubes asociados deberán enviar dentro del plazo de 45 días informe de situación económico-financiera actual, acompañado de un estado de acreedores y deudores, nominativamente especificados con copia autorizada de los documentos acreditivos".

Los ingresos de la Liga profesional se destinarán a amortización de deudas; inversiones constatadas por el Comité Ejecutivo, y gastos corrientes, con excpeción de fichajes de jugadores y el pago de las fichas.

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