Hoy, elecciones legislativas

26,6 millones de españoles, convocados a votar hoy

26.651.794 de españoles podrán acudir hoy a las urnas, como integrantes del censo electoral, para emitir su voto en un total de 40.514 mesas electorales repartidas por todo el territorio nacional. Los colegios electorales estarán abiertos ininterrumpidamente desde las nueve de la mañana hasta las ocho de la tarde.Cualquier duda sobre el colegio electoral en que corresponde ejercer el derecho al voto puede ser resuelta por la junta, electoral de zona; si el ciudadano desconoce la ubicación de esta última conviene dirigirse a las junta electorales provinciales, generalmente situadas en las depen...

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26.651.794 de españoles podrán acudir hoy a las urnas, como integrantes del censo electoral, para emitir su voto en un total de 40.514 mesas electorales repartidas por todo el territorio nacional. Los colegios electorales estarán abiertos ininterrumpidamente desde las nueve de la mañana hasta las ocho de la tarde.Cualquier duda sobre el colegio electoral en que corresponde ejercer el derecho al voto puede ser resuelta por la junta, electoral de zona; si el ciudadano desconoce la ubicación de esta última conviene dirigirse a las junta electorales provinciales, generalmente situadas en las dependencias de las Audiencias provinciales.

Los gobiernos civiles, los ayuntamientos e incluso los partidos también pueden informar acerca de dónde se encuentra la junta electoral de zona. Para votar es requisito imprescindible, amén de figurar en el censo electoral -expuesto en el colegio correspondiente y en la junta electoral de zona-, la presentación del documento nacional de identidad o cualquier otro documento que acredite la identidad.

En cada sección del colegio electoral deben existir cabinas, a fin de asegurar el secreto del voto. No será válido el sufragio emitido en sobre o papel no oficial. Las papeletas para el Congreso no deben contener. tachaduras o modificaciones en los nombres de los candidatos; tampoco será válida la papeleta para el Senado en el que se haya dado el voto -mediante una x en la casilla correspondiente- a un número superior al máximo establecido por circunscripción, que es de tres.

Casos particulares respecto a esta regla general son los de Mallorca, Gran Canaria, Tenerife, Ceuta y Melilla, que votan dos senadores cada una, y Menorca, Ibiza-Formentera, Lanzarote, Fuerteventura, La Palma y Gomera-Hierro, que votan un único senador por circunscripción. Las papeletas de los candidatos al Senado tampoco pueden presentar tachaduras o modificaciones en los nombres de los candidatos.

Las papeletas se introducirán en sus sobres oficiales específicos y se entregarán al presidente de la mesa, que las introducirá en las urnas. Si un elector no hallara papeletas de una determinada candidatura, que deberán estar expuestas en sitio bien visible en cada colegio electoral, deberá ponerlo en conocimiento del presidente de la mesa, quien suspenderá la votación hasta que estén disponibles papeletas de esa candidaturas o de cualquiera otra que faltare. También deberá ser denunciado ante el presidente de la mesa todo acto propagandístico que tenga lugar en el colegio electoral o en sus inmediaciones (reparto de papeletas o propaganda de una determinada candidatura, enarbolamiento de banderolas, discursos, etcétera).

El presidente de la mesa, en presencia de dos adjuntos, extenderá el acta de constitución de la mesa electoraía las 8.30 de la mañana . La votación no podrá ser interrumpida en ningún momento desde la hora oficial de apertura hasta la hora oficial de cierre.

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Permisos laborales

Los trabajadores cuya jornada laboral sea igual o superior a ocho horas y esté incluida íntegramente dentro de la jornada electoral tendrán un permiso retribuido de ctatro horas para votar. Si la jornada laboral fuese inferior a ocho horas, el permiso retribuido abarcará la mitad de la jornada, y corresponderá a la dirección de la empresa la determinación de los trabajadores que deban disfrutar de permiso en un turno o en otro. En el caso de trabajadores cuya jornada coincida parcialmente con la jornada electoral existen las siguientes normas: si la coincidencia no es superior a dos horas, no es necesario conceder ningún permiso; si la coincidencia es de dos a cuatro horas, se da un permiso de dos horas; si la coincidencia supera las cuatro horas, se procede como en los casos reseñados anteriormente.

Los trabajadores que sean miembros de las mesas electorales o interventores tienen derecho al permiso retribuido correspondiente para actuar como tales, y dichas horas no son recuperables. Asimismo tendrán una reducción de cinco horas en la jornada laboral del día 29. Los apoderados tienen permiso sin retribución.

Si alguno de ellos hubiera de trabajar en el turno de noche inmediatamente anterior al día de la consulta -es decir, esta noche pasada-, la empresa afectada habrá de cambiarle el turno para que pueda descansar en las horas anteriores al día de la votación.

La jornada de hoy será inhábil a efectos docentes. La medida afecta a todos los centros docentes, públicos, privados, de cualquier nivel y modalidad de enseñanza en todo el territorio nacional.

Fuentes de Interior manifestaron que toda manifestación violenta o con signos atentatorios a la Corona o a la Constitución sería reprimida por las fuerzas de seguridad del Estado, pero no las "expresiones civilizadas de alegría". Respecto al escrutinio, la mismas fuentes manifestaron que "hay más optimismo que nunca respecto de la rapidez y eficacia del mismo", y anunciaron que hacia las 4.30 o cinco de la madrugada del día 29 se tendrá escrutado el 100% de los votos. No obstante, de 2.30 a tres de la madrugada se podrían tener ya datos fiables, pues se habrá escrutado alrededor de un 70% de los votos, pues con un porcentaje menor, según dicha fuente, los resultados carecerían de fiabilidad, por las especiales características de la ley D'Hondt.

Más información en página 54.

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