Magistratura absuelve a RTVE de las demandas de cinco realizadores

La Magistratura de Trabajo número 11, de Madrid, ha dictado sentencia por la que absuelve a Radiotelevisión Española de las demandas que contra ella formularon los realizadores Alberto González Vergel, José Antonio Páramo, Ramón Pradera, Fernando García y Pedro Gil, el pasado 17 de mayo, informa Europa Press.Los demandantes fueron declarados fijos de plantilla por sentencia de la Magistratura número 4, de Madrid, en noviembre de 1976, confirmada por el Tribunal Central de Trabajo en noviembre del año siguiente. La demanda formulada en mayo de este año pretendía que se les declarara, com...

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La Magistratura de Trabajo número 11, de Madrid, ha dictado sentencia por la que absuelve a Radiotelevisión Española de las demandas que contra ella formularon los realizadores Alberto González Vergel, José Antonio Páramo, Ramón Pradera, Fernando García y Pedro Gil, el pasado 17 de mayo, informa Europa Press.Los demandantes fueron declarados fijos de plantilla por sentencia de la Magistratura número 4, de Madrid, en noviembre de 1976, confirmada por el Tribunal Central de Trabajo en noviembre del año siguiente. La demanda formulada en mayo de este año pretendía que se les declarara, como sueldo base, las cantidades percibidas por cada uno de los realizadores citados en 1977: Antonio González, 130.000 pesetas mensuales; José Antonio Páramo, 176.000; Ramón Pradera, 240.739; Fernando García, 140.083, y Pedro Gil, 126.035 pesetas mensuales.

Además, solicitaron que se condenase a RTVE al pago de las siguientes cantidades: Alberto González, 1.778.452 pesetas; José Antonio Páramo, 2.415.853 pesetas; Ramón Pradera, 2.415.853 pesetas; Fernando García, 2.415.853 pesetas, y Pedro Gil, 2.387.478 pesetas.

La sentencia señala que las cantidades percibidas por los demandantes eran notoriamente más elevadas que la que les corresponden como trabajadores fijos, ya que respondían a la contratación de determinados programas de televisión para cuya realización se precisaba, además, trabajar un número de horas no usual en los fijos de plantilla. Contra esta sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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