Movilizados los comités de empresa en apoyo de la ley de Acción Sindical

CCOO y UGT han hecho un llamamiento a todos los comités de empresa y secciones sindicales para que sus órganos directivos se reúnan conjuntamente en sesión permanente, dentro de sus respectivas empresas, durante los próximos días 22 y 23, como medio de presión para conseguir del Congreso la aprobación de una ley sindical que satisfaga a los trabajadores.

En el comunicado conjunto de ambas centrales en el que se hace dicho llamamiento se señala que «la ley de Acción Sindical, que tantas esperanzas había suscitado entre los trabajadores al conocerse el texto de la ponencia, está siendo va...

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CCOO y UGT han hecho un llamamiento a todos los comités de empresa y secciones sindicales para que sus órganos directivos se reúnan conjuntamente en sesión permanente, dentro de sus respectivas empresas, durante los próximos días 22 y 23, como medio de presión para conseguir del Congreso la aprobación de una ley sindical que satisfaga a los trabajadores.

En el comunicado conjunto de ambas centrales en el que se hace dicho llamamiento se señala que «la ley de Acción Sindical, que tantas esperanzas había suscitado entre los trabajadores al conocerse el texto de la ponencia, está siendo vaciada de contenido en la Comisión de Trabajo del Congreso».En opinión de ambas centrales, según las cuales el Gobierno ha incumplido su compromiso de negociar con los sindicatos el tema de la acción sindical, lo que está en juego es el propio contenido y amplitud de la libertad sindical y el reconocimiento de los trabajadores en la democracia.

La intención de los dos sindicatos mayoritarios es que durante las fechas citadas los comités y secciones sindicales realicen asambleas informativas y envíen resoluciones a las Cortes planteando el reconocimiento de las secciones sindicales; respeto a las atribuciones que el texto de la ponencia reconocía a los comités; inclusión en el ámbito de la ley a los funcionarios públicos y a todos los asalariados sin discriminación; reconocimiento de los derechos sindicales a partir de los dieciséis años y mantenimiento de las cuarenta horas que el verticalismo reconocía a los miembros de los jurados de empresa para su actividad representativa.

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