El peso de los toros

Vamos a volver sobre la reforma del reglamento taurino, y ésta no será la última vez. Seguimos esperando que alguien, quizá desde el Ministerio de Gobernación organismo competente en la materia, nos facilite información. Necesitamos saber, al objeto de dar cumplida cuenta a nuestros lectores, cuáles son los sectores consultados para llevar a cabo la reforma; qué corrientes dominantes hay en cada uno de ellos; artículos cuya modificación o supresión se somete a estudio. Y como colofón o quizá como premisa: ¿Efectivamente, según se dijo hace meses, entrará en vigor en la temporada 1977 un reglam...

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Vamos a volver sobre la reforma del reglamento taurino, y ésta no será la última vez. Seguimos esperando que alguien, quizá desde el Ministerio de Gobernación organismo competente en la materia, nos facilite información. Necesitamos saber, al objeto de dar cumplida cuenta a nuestros lectores, cuáles son los sectores consultados para llevar a cabo la reforma; qué corrientes dominantes hay en cada uno de ellos; artículos cuya modificación o supresión se somete a estudio. Y como colofón o quizá como premisa: ¿Efectivamente, según se dijo hace meses, entrará en vigor en la temporada 1977 un reglamento reformado?Porque a lo mejor la sorpresa es que todo queda en nada. Tampoco sería la primera vez que no cuajan proyectos importantes relacionados con el toreo. Dijimos en su día que el mejor suceso, en cuanto a este texto legal, sería que se cumpliese a rajatabla, por ejemplo, lo referente a la edad y restantes características zootécnicas del toro, en todas las plazas y no solamente en las de primera categoría, pues las únicas salvedades reglamentarias se hacen en el peso de las reses. El reglamento es tolerante dentro de unos límites por lo que respecta al peso de los toros en plazas de segunda y tercera categoría, mas no por lo que concierne al trapío, edad, configuración de los pitones y todas las restantes condiciones a las que más arriba aludíamos.

Sin embargo, esta salvedad nos parece ociosa, como nos parece en conjunto casi todo lo que se previene reglamentariamente en materia de peso. El peso no es importante: lo es el trapío. La limitación del peso mínimo es un obstáculo serio para los ganaderos con escrúpulos cuyos toros son reducidos de caja. Y es un argumento engañoso, a su vez, para dar por aptas reses que no reúnen otras condiciones físicas que importan más para la lidia. El reglamento reformado debiera eliminar toda referencia al peso y reforzar las garantías para que de ninguna forma pueda saltar al ruedo un toro que no tenga la edad y el trapío -incluídas cornamentas, como es natural- adecuados a la categoría del festejo al que se destina.

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