El TAD deniega la suspensión cautelar del descenso del Murcia

El Tribunal, adscrito al Consejo Superior de Deportes, aduce defecto de forma en el auto que ordenaba a la Liga a inscribir al club 'pimentonero' en Segunda

El TAD en una de sus reuniones.AS

El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) ha denegado la suspensión cautelar del descenso administrativo del Real Murcia,  por lo que no inscribirá al club pimentonero en Segunda División, según informa un portavoz del TAD. El tribunal aduce un defecto de forma. El TAD se reunió de urgencia tras conocer que el Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Madrid ordenara ayer la inscripción del club en la Liga Adelante.

El Juzgado de lo mercantil tomó ayer una medida cautelarísma, ante la...

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El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) ha denegado la suspensión cautelar del descenso administrativo del Real Murcia,  por lo que no inscribirá al club pimentonero en Segunda División, según informa un portavoz del TAD. El tribunal aduce un defecto de forma. El TAD se reunió de urgencia tras conocer que el Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Madrid ordenara ayer la inscripción del club en la Liga Adelante.

El Juzgado de lo mercantil tomó ayer una medida cautelarísma, ante la inminencia del comienzo de la competición, el 23 de agosto. La Liga, por su parte, reiteró en un comunicado, que “en ningún caso el Murcia podrá ser inscrito”.

El pasado día 9 el Tribunal Administrativo del Deporte no admitió la solicitud de medidas cautelares presentada por el Real Murcia contra la resolución del Juez de Disciplina Social de la LFP del 7 de agosto de 2014.

La citada resolución impuso al Murcia la sanción de descenso de categoría y multa por importe de 180.303, 63 euros, como consecuencia de la comisión de una infracción muy grave de los Estatutos Sociales debido al mantenimiento de deudas con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria por importe superior a 12 millones de euros y existir reincidencia, tras haber sido sancionado en diferentes ocasiones por la comisión de infracciones muy graves a los Estatutos Sociales a lo largo de las pasadas temporadas deportivas.

El Tribunal Administrativo del Deporte manifiestó, de acuerdo con las alegaciones presentadas el día 7 por la LFP, su reiterada doctrina de no adoptar medidas cautelares sin que se haya presentado el correspondiente recurso y, por tanto, su solicitud no reunía los elementos materiales minimamente exigibles para su admisión.

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