FÚTBOL

Multa al Sevilla por el lanzamiento de bolas de tenis

El club andaluz pagará 602 euros por el retraso en el inicio del duelo con el Levante

Varas recoge pelotas de tenis de su área en el Sevilla-Levante.

El Comité de Competición de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) impuso ayer una multa de 602 euros al Sevilla por la introducción en su estadio y posterior lanzamiento al terreno de juego de cientos de pelotas de tenis que durante el partido de la pasada jornada de Liga contra el Levante, hechos que constituyen, según órgano disciplinario, una "infracción leve". El lanzamiento obligó a suspender momentáneamente el partido. A esta sanción se ha sumado hoy la propuesta de la Comisión Antiviolencia para que se imponga al club una multa de 3.500 euros.

Aficionados del Sevilla arroj...

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El Comité de Competición de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) impuso ayer una multa de 602 euros al Sevilla por la introducción en su estadio y posterior lanzamiento al terreno de juego de cientos de pelotas de tenis que durante el partido de la pasada jornada de Liga contra el Levante, hechos que constituyen, según órgano disciplinario, una "infracción leve". El lanzamiento obligó a suspender momentáneamente el partido. A esta sanción se ha sumado hoy la propuesta de la Comisión Antiviolencia para que se imponga al club una multa de 3.500 euros.

Aficionados del Sevilla arrojaron centenares de pelotas de tenis al terreno de juego, nada más señalar el comienzo del partido el árbitro madrileño Carlos Velasco Carballo, en protesta por la decisión de retrasarlo media hora por el clásico Barcelona-Real Madrid.

Cuando apenas se llevaba un minuto de juego, los seguidores ubicados en el Gol Norte del Sánchez Pizjuán tiraron cientos de bolas de tenis al césped, a la vez que mostraron una pancarta con la leyenda “Que paren el partido, Mou está hablando”. El partido estuvo suspendido un par de minutos.

El Comité de Competición, por otra parte, ha sancionado también por este partido al equipo visitante, el Levante, con una multa de 3.000 euros al aplicar el artículo 85 del reglamento, que trata de la comparecencia tardía a un partido que no impide su disputa.

Este artículo dice que “cuando un equipo se presente en las instalaciones deportivas con notorio retraso no justificado pero, pese a la demora, esta circunstancia no impida la celebración del partido, o cuando se retrase en su salida al terreno de juego, tanto al inicio del partido como en el segundo tiempo, se impondrá al club multa en cuantía de 3.000 euros”.

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