Madrid culpa al Estado de que un imputado pueda presidir la Cámara de Comercio

Arturo Fernández, máximo responsable de la patronal madrileña e investigado por el 'caso Bankia', preside el organismo

La Comunidad achaca a la ley estatal que un imputado pueda dirigir la Cámara de Comercio de Madrid, como es el caso de su presidente actual, Arturo Fernández, que también dirige la patronal madrileña (CEIM) y está imputado el caso Bankia. El Gobierno regional, que por ley tutela la Cámara, recoge en la normativa autonómica que para ser candidato a presidirla es preciso “no estar incurso en ninguna causa legal que impida dicha condición”, algo a lo que ya obliga la legislación estatal para ser ele...

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La Comunidad achaca a la ley estatal que un imputado pueda dirigir la Cámara de Comercio de Madrid, como es el caso de su presidente actual, Arturo Fernández, que también dirige la patronal madrileña (CEIM) y está imputado el caso Bankia. El Gobierno regional, que por ley tutela la Cámara, recoge en la normativa autonómica que para ser candidato a presidirla es preciso “no estar incurso en ninguna causa legal que impida dicha condición”, algo a lo que ya obliga la legislación estatal para ser elector.

El Ejecutivo madrileño señala que “el concepto actual de imputado es equiparable al de ser investigado, lo que no impide el ejercicio de los derechos civiles reconocidos legalmente”. El proyecto de ley, registrado por el PP a finales de octubre en la Asamblea de Madrid, todavía no ha pasado por el pleno de la Cámara para su aprobación.

Arturo Fernández ha anunciado que dimitirá próximamente de sus cargos en las patronales estatal y regional —todo apunta a que no lo hará antes de las elecciones de la CEOE, de la que es vicepresidente y donde el dirigente actual, Joan Rosell, cuenta con su apoyo para la reelección—, pero no se ha mostrado dispuesto a dimitir como presidente de la Cámara de Comercio de Madrid ni de su cargo en el Comité Ejecutivo de Ifema. Fernández también se ha visto salpicado por el escándalo de las tarjetas black de Caja Madrid.

Las otras condiciones que se requieren en la normativa autonómica que afecta a los candidatos a presidir la Cámara son ser mayor de edad; tener la nacionalidad española o de un Estado de la UE (los aspirantes de nacionalidad distinta deberán formar parte del censo electoral de la Cámara, no ser empleados suyos y ser electores del grupo y categoría correspondiente, únicamente para los elegidos mediante sufragio); llevar dos años, como mínimo, de ejercicio en la actividad empresarial en la región, y hallarse al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

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