El TSJA avala el ERE con 176 despidos en el Ayuntamiento de Estepona

El consistorio justificó la extinción de los empleos en la falta de presupuesto

El alcalde de Estepona, José María García Urbano.JULIÁN ROJAS

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha fallado a favor del expediente de regulación de empleo por el que el pasado junio el Ayuntamiento de Estepona (Málaga, 60.000 habitantes) envió al paro a 176 trabajadores del consistorio, según han confirmado fuentes municipales. La sentencia de la Sala de lo Social del TSJA llega apenas una semana después de la vista oral, en la que el Ayuntamiento, gobernado por el José María García Urbano (PP), adujo la falta de presupuesto para mantener la plantilla munic...

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha fallado a favor del expediente de regulación de empleo por el que el pasado junio el Ayuntamiento de Estepona (Málaga, 60.000 habitantes) envió al paro a 176 trabajadores del consistorio, según han confirmado fuentes municipales. La sentencia de la Sala de lo Social del TSJA llega apenas una semana después de la vista oral, en la que el Ayuntamiento, gobernado por el José María García Urbano (PP), adujo la falta de presupuesto para mantener la plantilla municipal.

La partida de personal del Ayuntamiento de Estepona, sobredimensionada por gobiernos del GIL y del PSOE al calor de la burbuja inmobiliaria, suponía, según el equipo de gobierno, el 86% de los ingresos. El consistorio justificó el ERE en la necesidad de reducir su déficit en seis millones de euros. Solo así, saneando las cuentas, se podría acceder al crédito estatal para pagar a proveedores, con los que se mantenía una deuda de 60 millones de euros.

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La plantilla municipal se vio acrecentada en gran medida en septiembre de 2011, después de que el equipo de gobierno liquidara el entramado de empresas municipales y sus 760 trabajadores fueran incorporados al Ayuntamiento, que ya contaba con 512 empleados.

El TSJA desestima las demandas colectivas del comité de empresa y los sindicatos y considera "ajustada a derecho" la "decisión extintiva de la relación laboral" de los 176 trabajadores. El alto tribunal abre la puerta a que los trabajadores puedan impugnar sus despidos de manera individual. Contra la sentencia cabe recurso en el plazo de cinco días ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.

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